REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO BARINAS

JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO BARINAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS. BARINAS, TRES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL NUEVE.

199° y l50°

Vista la anterior diligencia, suscrita por el abogado en ejercicio LUBIN VIELMA VIELMA, plenamente identificado, mediante la cual Desiste del Procedimiento; éste Tribunal Primero del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, encontrando llenos los requisitos exigidos en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por mandato de la Ley; HOMOLOGA DICHO DESISTIMIENTO y le da el carácter de cosa juzgada, se suspende la Medida Provisional de Embargo sobre bienes muebles decretada en fecha (22/06/2009), y se ordena devolver el original de la letra de cambio a la parte actora, se da por terminado el presente juicio, y se ordena el cierre y archivo del mismo y en su debida oportunidad remítase con oficio al Archivo Judicial del Estado Barinas, a los fines de su archivo. Diarícese. Cúmplase. La Juez Temporal (fdo) firma ilegible Abg. Lizbeth Andreina Quintero La Secretaria Titular (fdo) firma ilegible Abg. Gladys Teresa Moreno Exp. № 09-5383. LAQ/GTM/ld. La Suscrita Secretaria Titular del Juzgado Primero del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas; CERTIFICA: Que el anterior traslado es copia fiel y exacto de su original que contiene la Homologación del Desistimiento suscrito por la parte actora en el expediente signado bajo el № 09-5383, seguido en el juicio de COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACION intentado por JOSE LUBIN VIELMA VIELMA, en contra del ciudadano MAURICIO VELANDRIA. Así lo certifico en Barinas, a los tres días del mes de julio del año dos mil nueve.

La Secretaria Titular,

Abg. Gladys Teresa Moreno
Exp. № 09-5383.
GTM/ld