REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas
Barinas, veintidós de junio de dos mil nueve
199º y 150º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
N° DE EXPEDIENTE: EP11-L-2008-000389
PARTE ACTORA: ADOLFO ANTONIO ESPINOZA, ALCIDEZ ANTONIO RIVERO GARCES y ALDO JOSE PEÑA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad número 3.916.530, 3.914.396 y 9.380.712 respectivamente
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: YURELIS DEL VALLE VELASQUEZ TINEO, venezolana, mayor de edad, titular de las cédula de identidad número 7.068.984 e inscrita en el inpreabogado bajo el número 56.968
PARTE DEMANDADA: EMPRESA C.A. HIDROLOGICA DE LA CORDILLERA ANDINA BARINAS (C.A. HIDROANDES BARINAS) y EMPRESA C.A. HIDROLOGICA VENEZOLANA (HIDROVEN C.A.)
REPRESENTANTE LEGAL DE LA PARTE DEMANDADA: Por la Empresa C.A. HIDROANDES BARINAS el ciudadano JESUS ALEZARD, y por la Empresa HIDROVEN C.A. el ciudadano CRISTOBAL FRANCISCO ORTIZ
APODERADO DE LAS DEMANDADAS: NO CONSTITUYO
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día de hoy, 22 de junio de 2009, siendo las 09:00 a.m., día y hora fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar, se deja expresa constancia de incomparecencia de las partes a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.

El Juez Titular


Abg. JOSÉ E. MORALES S.
La Secretaria Titular,



Abg. YOLEINIS VERA ALMARZA