REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO, TRÁNSITO Y AGRARIO










República Bolivariana de Venezuela
En su nombre
Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas

EJECUCION DE SENTENCIA
EXP. 4990

En horas de despacho del día de hoy dieciséis de junio de dos mil nueve, siendo las 8:30 A.m., se traslado el Tribunal de Primera Instancia del Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, presidido por el ciudadano Juez JOSE GREGORIO ANDRADE PERNIA y la Secretaria JENNIE WALKIRIA SALVADOR PRATO, en la Finca denominada “HATO VIEJO”, ubicado en el Municipio Sosa del Estado Barinas, a objeto de EJECUTAR LA SENTENCIA, que fuera ordenada por el Tribunal Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas en la causa Nº 4990 y de acuerdo a la facultad que le fuera conferida por la Resolución emanada del Tribunal Supremo de Justicia para los Tribunales con Competencia Agraria y relativa a la practica de medidas Agrarias y de EJECUCION DE SENTENCIAS. Constituyéndose así en el sitio ya mencionado a la una y diez pm. (1:10 P.m.) del día diecisiete (17) de
junio de 2009, habilitándose el tiempo necesario, debido a la distancia, dificultades y obstáculos naturales para poder llegar al sitio donde se encuentra ubicada la Finca denominada “HATO VIEJO”, en el Municipio Sosa del Estado Barinas, por lo que el tribunal deja de esta manera constituido el tribunal. Seguidamente el ciudadano juez procede a notificar de la misión del Tribunal al ciudadano CARLOS ELIO MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero 10.620.884, parte ejecutada y actora de la causa principal. Seguidamente el Tribunal procede a ejecutar la sentencia en compañía del Defensor Publico Agrario Primero del Estado Barinas, Abogado JESUS HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero 9.594.401 inscrito en el Inpreabogado bajo e N° 66107, la ciudadana CARMEN YAMILET MENDOZA, parte ejecutante de la presente sentencia, el efectivo de la Guardia Nacional del Estado Barinas, Sargento Mayor de Segunda SÁNCHEZ GERARDO JOSÉ, venezolano, mayor de edad titular de la cedula de identidad N°V-10.562.807, los funcionarios de la Policía del Estado Barinas Distinguido PEDRO IVÁN Placa 1080 y FRANKLIN MÁRQUEZ placa 2295, el Presidente del Consejo Municipal de Derechos de Niños (as) y del Adolescentes del Municipio Sosa, VÍCTOR MANUEL RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad titular de la cedula de identidad N° V- 5.667.542, seguidamente el Tribunal a los fines de determinar con exactitud el sitio donde se encuentra constituido, procede a designar a unos prácticos para que lo asesore sobre los hechos y circunstancias de que se trata la presente comisión, recayendo tal designaciones en las personas de los ciudadanos, ARGENIS CASTILLO y KARINA ARIAS, quien son venezolanos, mayores de edad, Técnico en Producción Animal el primero e Ingeniero Agroindustrial la segunda, titulares de las Cédulas de Identidad Números: 10.564.768 y 14.662.309, Fiscal de Campo e la Alcaldía de Sosa del Estado Barinas y Directora de Catastro de la Alcaldía Sosa, quienes estando presentes y previa juramentación aceptaron tales designaciones; Y quienes son consultados sobre la ubicación del Tribunal, expresando que el mismo se encuentra constituido sobre un lote de terreno que forma parte de una mayor constante de ochocientas un hectáreas (801 has) que conforman el predio denominado “HATO VIEJO”, ubicado en el Municipio Sosa del Estado Barinas comprendida sobre los siguientes linderos son: NORTE: Terrenos de Sara González ahora de Daniel Cisneros; SUR: Caño Santa Lucia; ESTE: Terrenos del Instituto Nacional Agrario ahora INTI; y OESTE: Terrenos de Raúl Palacio, cuyas coordenadas según la información del mismo experto es la siguiente N: 882.603 y E: 514.629. En este estado el Representante Judicial de los ejecutantes, JESUS HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero 9.594.401 inscrito en el Inpreabogado bajo e N° 66107, en su carácter de Defensor Publico Agrario Primero del Estado Barinas, solicito el derecho de palabra y concedido, expuso: “Solicito se proceda a la ejecución de la sentencia de fecha 25 de Noviembre de 2008, dictada por el Juzgado Superior Cuarto de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas la cual declarara Sin Lugar la apelación a la sentencia que asimismo declarara sin lugar el derecho de permanecía propuesta por el ciudadano CARLOS ELIO MORENO GONZALEZ, contra la ciudadana CARMEN YAMILT MENDOZA sobre la Finca “HATO VIEJO”, ubicado en el Municipio Sosa del Estado y en consecuencia confirmada por dicho Juzgado Superior. Seguidamente el ciudadano juez visto lo señalado por la representación Judicial de la parte ejecutante accionada, procede a la verificación del inmueble actuación esta a la cual la experto Expone: La sede del inmueble esta caracterizado por una extensión aproximadamente de OCHOCIENTAS UNA HECTÁREA (801 HAS), con una construcción de una vivienda tipo rancho de
bareque con techo de zinc con estructura de madera y horcones de madera, piso de tierra con una distribución de ambiente de dos habitaciones, una anexo con techo de palma y estructura de madera y horcones de madera que sirve de cocina (fogón de leña), una ramada que funciona como lavadero, dos perforaciones de una y media pulgada con una profundidad de nueve metros cada una, con motobomba y una bomba manual, un corral de madera de listón con dos divisiones, una manga de listones y un embarcadero, la casa se encuentra cercada con estantillos de madera y cuatro pelos de alambre de púas, Donde se observa un lote de aproximadamente quinientas reses (500) de la especies
Brahman, cifrados con los hierros quemadores de las siguientes características, de los cuales son solo aproximadamente cien (100), del ejecutado y las restantes
son propiedad de los ciudadanos CRUZ JULIAN MORENO Y DOMINGO MONTOYA. Asimismo fue informado el tribunal ejecutante por el notificado ejecutado que en el predio no existe cultivo ni sembradíos diferentes a los pastos de las especies lamedora, y otras pajas propias de la zona, así fuera constatado por los expertos designados. Ubicadas en las coordenadas: N: 882.603 y E: 514.629, dicho inmueble por su ubicación, linderos, cabidas y el rancho que tiene construido. Seguidamente el ciudadano juez verificada las observaciones de los prácticos procede y por ende la entrega material de la accionada de autos ciudadana a CARMEN YAMILET MENDOZA, al lote de terreno que forma parte de una de mayor extensión constante de ochocientas y una hectáreas (801 has) que conforman la Finca “HATO VIEJO”, ubicado en el Municipio Sosa del Estado y que se haya comprendida sobre los siguientes linderos son: NORTE: Terrenos de Sara González ahora de Daniel Cisneros; SUR: Caño Santa Lucia; ESTE: Terrenos del Instituto Nacional Agrario ahora INTI; y OESTE: Terrenos de Raúl Palacio, cuyas coordenadas según la información del mismo experto es la siguiente N: 882.603 y E: 514.629. Decisión esta que fuera ORDENADA por el Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en fecha 25 de noviembre de 2008, Una vez oída la intervención del apoderado de autos y ejecutante Defensor Agrario I del Estado Barinas, en este estado y por cuanto el inmueble guarda identidad con el cual fuera ejecutada la medida de secuestro es por lo que este Tribunal en NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Ejecuta la Sentencia de fecha 25 de Noviembre de 2008, dictada por el Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, y en consecuencia se hace entrega material a la ciudadana CARMEN YAMILET MENDOZA y se desaposesiona jurídicamente del predio al ciudadano CARLOS HELIO MORENO GONZALEZ, en lo que respecta al bien descrito en el texto de la presente acta, es decir el identificado en el particular tercero de la sentencia Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas la cual Declara sin lugar la demanda por derecho de permanencia, propuesta por el ciudadano CARLOS HELIO MORENO GONZALEZ, contra la ciudadana CARMEN YAMILET MENDOZA, sobre la Finca “HATO VIEJO”, ubicada en el Municipio Sosa del Estado Barinas cuyos linderos son: NORTE: Terrenos de Sara González ahora de Daniel Cisneros; SUR: Caño Santa Lucia; ESTE: Terrenos del Instituto Nacional Agrario ahora INTI; y OESTE: Terrenos de Raúl Palacio. Confirmando de esta manera la sentencia del Tribunal de Primera Instancia de Fecha 09 de junio de 2008. En este estado el notificado ciudadano CARLOS ELIO MORENO GONZALEZ, antes identificado en autos junto a los ciudadanos CARLOS MISAEL MORENO HERNADEZ Y MARIA EDUVIGES HERNADEZ, ambos venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nª 18.145.266 y Vº 10.119.559, pidieron a este Tribunal se otorgué un lapso prudencial para la entrega material del lote de terreno identificado en autos así como a todas y cada una de las mejoras y bienechurias a si como otras adherencias a estas que constituyen el predio “HATO VIEJO”,, a objeto de dar estricto cumplimiento a lo ordenado en la sentencia de fecha 25 de Noviembre de 2008, por el Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, para lo cual una vez acordado por la parte ejecutante se otorga el lapso de treinta (30) días continuos y contados a partir del día siguiente al de hoy día diecisiete (17) de junio de 2009, Seguidamente el ciudadano juez ordena otorgar copia certificada de la presente acta a todos los actuantes así como a los funcionarios y efectivos que conforman la presente comisión. Es todo. Seguidamente el tribunal deja constancia que no siendo otra la misión del tribunal ordena su regreso a la sede principal siendo las seis de la tarde (6.00 pm). Es todo.

EL JUEZ

LA PARTE EJECUTANTE


EL DEFENSOR AGRARIO DEL ESTADO BARINAS

EL NOTIFICADO


LOS SOLICITANTES DEL LAPSO PRUDENCIAL DE ENTREGA


FUNCIONARIOS DE LA POLICIA DEL ESTADO


LOS PRACTICOS DESIGNADOS.


FUNCIONARIO DE LA GUARDIA NACIONAL DEL ESTADO BARINAS.




LA SECRETARIA.