REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO, TRÁNSITO Y AGRARIO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.
Barinas, 02 de Junio de 2.009
199º y 150º
Por cuanto en fecha 20/04/09, se fijo oportunidad para la practica de la Inspección Ocular en la presente solicitud, y la parte interesada no se hizo presente el día de hoy, para la practica de la Inspección Ocular. En consecuencia, se difiere la práctica de dicha Inspección, la cual se fijara por auto separado una vez que sea solicitado por la parte interesada.
Abg. JOSÉ GREGORIO ANDRADE P.
JUEZ
Abg. JENNIE W. SALVADOR P.
SECRETARIA.
JGAP/JWSP/ld
Sol. Nº 173