REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO, TRÁNSITO Y AGRARIO






República Bolivariana de Venezuela
En su nombre
Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.
AUDIENCIA PROBATORIA
EXP N° 5.049

En el día de hoy, Miércoles Diez (10) de Marzo de Dos Mil Nueve, siendo las Diez de la mañana (10:00 a.m.), fecha y hora fijados por este Tribunal para la celebración de la AUDIENCIA PROBATORIA, en el presente Juicio de TRANSITO N° 5049, prevista en el artículo 870 de Código de Procedimiento Civil; intentado por el ciudadano: WILLIAN ALBERTO MONSALVE BARRETO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 9.983.546, en contra de la ciudadana: MUJICA SANCHEZ SULMA MIGDALIA , venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nª 9.261.274, y de la Empresa Aseguradora C.A. de Seguros LA OCCIDENTAL y/o INVERPYME C.A, Debidamente constituido el Tribunal, presidido por el ciudadano Juez JOSE GREGORIO ANDRADE PERNIA, la Secretaria JENNIE WALKIRIA SALVADOR PRATO y el Alguacil Titular HUGO ARMANDO RAMIREZ. El ciudadano Juez ordena al Alguacil verificar la presencia de las partes, siendo informado que en la Sala se encuentran presentes los ciudadanos: ISMELDA SANCHEZ F. venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 1.605.152, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 4.077, con el carácter de Apoderada Judiciale de la parte demandante, ciudadano: MONSALVE BARRETO WILLIAN ALBERTO, quien también se encuentra presente. Se deja constancia que no compareció la demandada ciudadana: MUJICA SANCHEZ SULMA MIGDALIA, ni por si ni por medio de apoderado. Igualmente se encuentra presente el ciudadano JORGE RODRIGUEZ ABAD, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.188.496, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 26.971, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la Co- demandada, Empresa Aseguradora C.A. de Seguros LA OCCIDENTAL y/o INVERPYME C.A.- Se hizo el anuncio del Acto y el Juez seguidamente informa a la parte sobre la naturaleza y finalidad de la Audiencia prevista en el artículo 870 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, informando a los presentes sobre las normas a seguir establecidas en la puerta del Tribunal y a objeto de evitar dilaciones del proceso le informa a las partes la debida compostura.- Se hizo presente el ciudadano: HUMBERTO D´CESARE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.539.637, quien procedió a ratificar el acta de Avalúo N° 668, realizada por su persona en fecha 26-02-2008; igualmente se hizo presente el ciudadano: EDGAR ALEXANDER ROJAS PEÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.068.965, funcionario adscrito al Cuerpo Técnico de Vigilancia y Transporte Terrestre, quien procedió a ratificar las actuaciones contenidas en el expediente administrativo N° 0763; concluido el tiempo de exposición el Juez da por finalizado el presente acto, difiriendo la continuación de la audiencia probatoria para las 3:00 p.m. del día de hoy para que tenga lugar la continuación de la misma, momento el cual se dictara el dispositivo del fallo la presentación de informes; dejando constancia que la actual Audiencia Probatoria fue debidamente grabada y filmada por el ciudadano AURELIO LEAL, por la cámara Handicam marca Sony, Nº 4060X STEADY SHOT DIGITAL ZOOM, que la correspondientes cintas reposaran en la Caja Fuerte del Tribunal con su nomenclatura respectiva, y será transcrita posteriormente para ser agregada al expediente de lo cual las partes asistentes al acto están totalmente de acuerdo.- Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
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ABG. JOSE GREGORIO ANDRADE PERNIA.
JUEZ.




APODERADA JUDICIAL DEL DEMANDANTE.




DEMANDANTE




APODERADO DE LA CODEMANDADA.








TESTIGOS:









ABG. JENNIE W. SALVADOR P.
SECRETARIA.







JGAP/JWSP/nh.
Exp. N° 5049