REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO, TRÁNSITO Y AGRARIO
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.
Barinas, 26 de Marzo de 2009.
198º y 149º
De un computo realizado en el presente expediente se observa que en el día de hoy vence los ocho (8) días de evacuación de las pruebas promovidas en la oposición a la medida cautelar decretada, y en virtud de que el Tribunal tiene exceso de trabajo que imposibilita la evacuación de las pruebas testimoniales y de las inspecciones judiciales promovidas dentro del lapso establecido. En consecuencia, se prorroga por un lapso de veintidós (22) días de despacho siguiente al de hoy, solo para la evacuación de dichas pruebas.
Abg. JOSE GREGORIO ANDRADE PERNIA.
JUEZ.
ABG. JENNIE W. SALVADOR P.
SECRETARIA.
Exp. N° 5.008.
JGAP/JWSP/els.