REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS
PEDRAZA Y ANTONIO JOSÉ DE SUCRE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.

COM: 097-09

En el día de hoy, cinco (05) de marzo de dos mil nueve, siendo la 1:00 p.m. se traslado y constituyo el Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Pedraza y Antonio José de Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, previa habilitación del tiempo necesario a solicitud de la Apoderada Linda de los Rios, titular de la cédula de identidad N° V-11.710.530, e inscrita en el inpreabogado bajo el N° 62593, en el sitio denominado avenida 4, entre calles 3 y 4, Barrio el Estadium Ciudad Bolivia Municipio Pedraza del Estado Barinas, sitio indicado en la comisión a que se contrae la presente comisión provente del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, signado en Despacho N° 08-8429-CE. Siendo la 1:25 pm., presentes en el sitio antes mencionado se encuentran presentes los Ciudadanos: Rosa María Garrido de Dugarte, Marlene Coromoto Dugarte de Simo, José Juan Dugarte Garrido, Cesar Augusto Dugarte Garrido, Leonor del Carmen Dugarte Garrido, y Gilber Eude Dugarte Garrido, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 1.606.756, 4.260.673, 8.134.923, 4.927.615, 4.927.616 y 9.384.698, en su orden. Constituido como esta este Tribunal notificó de su misión al Ciudadano: José Gabriel Lalama Matheus, titular de la cédula de identidad N° V-7.002.712, parte demandado en la presente comisión. Seguidamente este Tribunal deja constancia que para la práctica de la presente medida se hizo acompañar por una comisión de las Fuerzas Armadas Policiales integrada por: C/1ro. Ramón Inojosa y Dtgdo. Antunes Yonny, titulares de las cédulas de identidad Nros V-6.938.146, V-14.933.051, placas Nros 244 Y 977 en su orden y un funcionario de la GNB SM/ 1ro. Jesús Manuel Borrero, titular de la cédula de identidad N° V-9.128.135, ambos en el Municipio Pedraza del Estado Barinas. Acto seguido, en este estado EL TRIBUNAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PEDRAZA Y ANTONIO JOSÉ DE SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, EN NOMBRE DE LA REOUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HACE FORMAL ENTERGA a la ciudadana Abg. LINDA DE LOS RIOS, plenamente identificada en su carácter de Apoderada Judicial de la parte actora del bien Inmueble con las siguientes características: paredes de bloque frisadas y pintadas, piso de cemento pulido, techo de zinc, puertas y ventanas de metal, mesas de pool, cancha de bolas criollas, dos baños, servicio de luz eléctrica, aguas blancas y servidas, todo en buen estado de funcionamiento, alinderado de la siguiente manera: NORTE: Con avenida 4; SUR: Con mejoras del señor Simón Jiménez Vivas; ESTE: Con calle 4 y OESTE: Con mejoras del señor Adán Mejías, el inmueble anterior descrito se encuentra libre de bienes y personas y se le hace Entrega Formal a la Ciudadana Abg. LINDA DE LOS RIOS, supra-identificada, quien lo recibe en este acto. El Tribunal no habiendo otra diligencia que practicaren la presente comisión, da por terminada la misma y acuerda el regreso a su sede respectiva siendo las 5:30 p.m. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman. El Juez (Fdo) Ilegible. Hay Sello húmedo del Tribunal. El Notificado (Fdo) Ilegible. Abogado Actora (Fdo) Ilegible. Funcionarios Policiales (Fdos) Ilegible. Funcionario de la Guardia Nacional (Fdo) Ilegible. La Secretaria (Fdo). Ilegible.