REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACIÓN, Y EJECUCIÓN TANTO DEL NUEVO REGIMEN COMO DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
Barinas, veintidós (22) de Mayo del Año 2009
199° y 150 °

Nº DE EXPEDIENTE: EP11-L-2008-000098
PARTE ACTORA: ROBERT ALEXIS MARRERO CUETO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-14.533.851.
ABOGADOS APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: MARCO AURELIO GOMEZ MONTILLA, MIRELLYS CAROLINA SALAS, ANGIE CAROLINA RODRIGUEZ CORREDOR venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-11.715.337, 17.550.218 y V-16.859.889 e inscritos en el Inpreabogado bajo los número 71, 129.332 y 129.331, representación que consta en poder que corre inserto al folio:Treinta y Cuatro (34) .
PARTE DEMANDADA: SERVICIOS HALLIBOURTON DE VENEZUELA S.R.L. Representada en este acto por su Co-Apoderada: YENKELLY MILIMAR PICO, titular de la cédula de Identidad Nro. V-15.509.222, e inscrita en el I.P.S.A con el N° 129.332.
PARTE DEMANDADA: SERVICIOS HALLIBOURTON DE VENEZUELA S.R.L. Representada en este acto por su Co-Apoderada: YENKELLY MILIMAR PICO, titular de la cédula de Identidad Nro. V-15.509.222, e inscrita en el I.P.S.A con el N° 129.332.
DEMANDADA SOLIDARIA: (PDVSA) PETROLEO: Representada en este acto por su Co-Apoderado: GILBERTO JOSÉ CHACON LAYA, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.291.393, e inscrito en el I.P.S.A con el N° 17.510. Representación que consta en poder autenticado por ante la Notaria Publica Quinta de Maracay en fecha: 25 de Febrero del año 2005, anotado bajo el N° 07, Tomo: 48.

MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy viernes, veintidós (22) de Mayo del año dos mil Nueve (2009), siendo las dos y Treinta (2:30) de la Tarde siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, comparece ante este Tribunal por la parte demandada principal HALLIBOURTON su Apoderada: YENKELLY MILIMAR PICO, supra identificada, por la demandada Solidaria (PDVSA): se encuentra presente su Co-Apoderado: GILBERTO JOSÉ CHACON LAYA, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.291.393, e inscrito en el I.P.S.A con el N° 17.510. Seguidamente se deja expresa constancia que la parte actora no compareció a la realización de la prolongación de la Audiencia Preliminar ni por si ni por medio de Apoderado, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 199 ° y 150 °
LA JUEZ;

ABG: CARMEN G. MARTINEZ.

Los Comparecientes;





Abg.Yenkelly M. Pico.
Apoderada de la Parte Demandad Principal.






Apoderado de PDVSA:
Abg.Gilberto José Chacón Laya.





La Secretaria;


Abg. Nubia Domacase.