REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO, TRÁNSITO Y AGRARIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.
Barinas, 13 de Mayo de 2.009.
198º y 150º

Visto el anterior escrito de pruebas presentado en fecha 11/05/09, por la abogada AZURIS RIVAS GOYONECHE, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-9.986.681, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 65.478, Defensora Pública Segunda Agrario del Estado Barinas, actuando en representación del ciudadano LENNI MARTÍNEZ LEÓN, constante de Diecisiete (17) folios útiles y Cuatro (04) anexos; anexos “A y B” constante de Ocho (08) folios en copia simple; anexo “C” constante de Cinco (05) folios en copia simple; anexo “D” constante de Veintidós (22) folios en copia simple, agréguense al expediente respectivo. Se admiten cuanto ha lugar en derecho las pruebas documentales promovidas y el Tribunal se reserva su apreciación para la oportunidad correspondiente.

Abg. JOSÉ GREGORIO ANDRADE P.
JUEZ

Abg. JENNIE W. SALVADOR P.
SECRETARIA

En la misma fecha se agrego y se admitieron. Conste.
La Scría.


JGAP/JWSP/ld
EXP Nº 5.134