REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO, TRÁNSITO Y AGRARIO

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRÁNSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
Barinas, 27 de Mayo de 2009
199º y 150º

Vista la solicitud de Medida cautelar de Protección Agroalimentaria, presentada por el ciudadano JORGE RODRIGUEZ ABAD, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.188.496, Abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 26.971, actuando en su propio nombre y representación; constante de tres (03) folios y un anexo en tres folios en copia fotostática simple, désele entrada y el curso de ley correspondiente; a los fines de proveer sobre la misma, se designa al ciudadano MILTON J. MATAMOROS G, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.677.857, de profesión Ingeniero en Producción Animal, inscrito en el Colegio de Ingenieros de Venezuela bajo el N° 105.049 y en la Sociedad de Ingeniería de Tasación de Venezuela (SOITAVE), bajo el N° 1674, domiciliado en esta ciudad de Barinas Estado Barinas, como EXPERTO, y en tal virtud deberá comparecer ante éste Tribunal dentro de los Dos (02) días de despacho siguientes a su notificación a fin de dar su aceptación ó excusa y en el primero de los casos, preste el juramento de Ley correspondiente; a fin de que aunado a los particulares que indicaron en la solicitud, el Tribunal con asesoria del experto determine

• El Uso actual de las tierras.

• Describir el sistema de producción empleado y determinar la productividad en base a las guías de entrada y salida de productos, bien sean vegetal o animal, forestal o acuícola, comparar los índices que se determinen en la finca con los índices nacionales, regionales y municipales, si existieran.

• Identificar las disposiciones relativas a la conservación, defensa y mejoramiento del ambiente.

• Determinar si se cumple con la Ley del Trabajo en cuanto al delegado sindical, horario de la fuerza de trabajo, condiciones de higiene y seguridad laboral, dotación de uniformes, salarios de acuerdo a la Ley, inscripción de los obreros en el Instituto Venezolano del Seguro Social Obligatorio, disfrute de vacaciones, cotizaciones a seguro de paro forzoso y ahorro habitacional.


• Determinar si el predio cumple la función social de la tierra.


Abg. JOSÉ GREGÓRIO ANDRADE P.
JUEZ

Abg. JENNIE W. SALVADOR P.
SECRETARIA.


En la misma fecha se libro boleta de notificación. Conste.-
Scría.-


JGAP/JWSP/nh.
Exp. Nº 5.166