REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO, TRÁNSITO Y AGRARIO





Juzgado de Primera Instancia del Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.
Barinas, 10 de Noviembre de 2009
199º y 150º

Por cuanto en fecha 05/10/09, este Tribunal ordenó la remisión del presente expediente al Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil y de Tránsito de ésta misma Circunscripción Judicial, procediendo de ésta manera a dar cumplimiento a la Resolución N° 2009-0049, de fecha 30-09-2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, en el cual se resolvió la creación de los Juzgados con competencia agraria, y de igual manera se suprimió a este despacho la competencia por la materia de tránsito, acordando igualmente en las disposiciones transitorias de la mencionada resolución, lo siguiente:

“Segunda: Las causas correspondientes a la materia de tránsito pendientes en el Tribunal de Primera Instancia de Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, con sede en Barinas, cuyas funciones y competencias son modificadas mediante la presente Resolución, deberán redistribuirse equitativamente entre los demás Juzgados de Primera Instancia Civil y Mercantil con competencia en la referida Circunscripción Judicial con sede en Barinas”


Ahora bien, por cuanto la presente causa aún no ha sido remitida al Tribunal antes mencionado para que continúe conociendo de la misma, motivado a que la mencionada resolución puede ser objeto de cambio en cuanto a la competencia por la materia de tránsito, es por lo que en aras de la celeridad procesal y a objeto de evitar la denegación de justicia por cuanto este hecho no es imputable a las partes, se revoca por contrario imperio el auto de fecha 28-10-2009, en razón de lo cual, este Juzgado continuará conociendo de la presente causa en el estado en que se encuentra.

ABG. JOSE GREGORIO ANDRADE PERNIA.
JUEZ. ABG. JENNIE W. SALVADOR P.
SECRETARIA.
JGAP/JWSP/mh.
Exp. N° 5158