REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLIVAR DE
LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO BARINAS.


Barinitas, 19 de noviembre de 2009.

Años: 199° y 150°.



Vista la diligencia suscrita en fecha 16 de noviembre de 2009, por la ciudadana Sobeida del Roció Vargas, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 10.875.303, actuando en nombre y representación del ciudadano Juan Carlos Pereira Márquez, debidamente asistida por el abogado en ejercicio Jorge Álvarez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 68.731, mediante la cual desiste en todas y cada una de sus partes de la acción y del procedimiento en la presente causa, intentado en contra del ciudadano Iván Darío Torres Vivas, en su carácter de demandado, asimismo solicita se archive el respectivo expediente. Este Tribunal, homologa dicho desistimiento en los mismos términos expresados por la parte actora, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, procediéndose como en Sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada. Así como también, se ordena el cierre y archivo del presente expediente
La Juez Temporal,

Abg. Nieves Carmona.


El Secretario,


Carlos A. Suárez J.






Exp. Nro. 2009 - 624.
NC/mjl