REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO ANTONIO JOSÉ DE SUCRE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.


Socopó, 30 de Noviembre del 2009.
199° y 150°


Visto lo anteriormente expuesto por las partes, en la cual deciden poner fin al presente juicio, por medio de un desistimiento, por cuanto la misma no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su homologación de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil; asimismo, se acuerda el cese y cierre del procedimiento. En consecuencia, se ordena remitir el presente expediente al Archivo Judicial de esta misma Circunscripción Judicial. Cúmplase y Diarícese.

LA JUEZ PROVISORIO.

AB. YENNY REVEROL ZAMBRANO.


LA SECRETARIA.

AB. LILIANA CAMACHO.





YRZ/lc/mh.
EXP. Nº 961-09.