Siendo la oportunidad legal a que se contrae el contenido del artículo 647 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en lo que respecta al joven adulto: IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY, el cual fue sancionado con una medida de Privación de Libertad, de conformidad con lo establecido en el artículo 620 literal “f” en concordancia con lo establecido en el artículo 628 parágrafo segundo de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por el Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas y en donde la adolescente admitió los hechos de conformidad con lo establecido en el articuló 583 de la presente ley especializada que rige la materia y fue declarado responsable por la comisión del delito de: TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, contemplado en el articulo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano, por un lapso de Un (01) Año y Seis (06) Meses, encontrándose cumpliendo la medida de Privación de Libertad en la Casa de Formación Integral (M) de esta Ciudad de Barinas. Desde la fecha en que fue detenido preventivamente 16-04-2009, hasta la presente fecha ha estado privado por un lapso de Siete (07) Meses y Tres (03) Días. Se ordenó abordaje por parte del Equipo Técnico del Centro a los fines de realizar la revisión de la presente medida en la cual se informa desde el ingreso hasta la presente fecha en las diversas áreas, estableciéndose una comparación con el Plan Individual e Informe Evolutivo describiendo el equipo Técnico de la Casa de Internamiento conformado por La Licda. Josefa Vargas, Directora (E); Alejandra Pérez, Psicólogo, Jackson Delgado, Trabajador Social, Manuel Mújica, Guía II y Deán Colmenares, Docente.
INFORME EVOLUTIVO DEL PLAN INDIVIDUAL
DATOS DE IDENTIFICACIÓN:
DATOS DE IDENTIFICACIÓN:



Apellidos y Nombres:

Lugar y Fecha de Nacimiento:
Barinas 26/10/1991

Edad:


Cedula de Identidad Nº


Estado Civil:
Soltero.

Grado de Instrucción:
1º Año (Cursando).

Ocupación:
Desocupado.

Dirección:
Frente al Liceo Guillermo Tell Villegas Pulido, Barrancas municipio Cruz Paredes.

Representante Legal:


Motivo de Ingreso: Trafico de sustancias estupefacientes y psicotrópicas en la modalidad de ocultamiento.

Fecha de Ingreso al Programa
06//05/2009

Medida:
Un (01) año y seis (06) meses.

Tiempo de Privación de Libertad:

Causa Nº:
Cinco (05) meses y veintiún (21) días

E-952/2009
RELACIÓN DEL CASO:

 16-04-2008 Es detenido preventivamente en Zona Policial I.
 06-05-2009 Ingresa a la Casa De Formación Integral Barinas Masculino
 27-05-2009 Se recibe Computo de ley
 04-06-2009 Se recibe cómputo de ley con fecha de culminación de sanción modificada por el tribunal.
 14-10-2009 Se remite Plan Individual.
 22-10-2009 Solicitud del Informe Evolutivo.
SITUACIÓN FAMILIAR:
Joven adulto de 18 años de edad, proviene de un hogar desestructurado, sus padres se separaron hace aproximadamente dieciséis (16) años, hace un (01) año se residencio en la Urb. Los Acacios con una amiga, ya que estaba bajo presentación en libertad asistida. Actualmente recibe apoyo de la madre, y la abuela, quienes lo visitan los días propuestos en la entidad de atención.
El joven adulto ha participado en los diferentes talleres, charlas de valores, autoestima, droga, mostrando destreza en las manualidades tales como; peluches elaborados con papel higiénico, pulseras a base de mostacillas y nylon. obedece las normas establecidas y ha mostrado un buen comportamiento con el personal que labora en la entidad de atención y a sus pares, siendo de igual forma colaborador.
CONSTELACIÓN FAMILIAR:
ÁREA PSICOLÓGICA:
Problemática Actual:
Joven adulto de 18 años de edad y 0 meses de edad cronológica que actualmente se encuentra privado de libertad por la causa de tráfico de drogas.

Antecedentes Personales:

 Producto de la segunda (2º) gesta de su grupo familiar, la misma es una familia desestructurada.

 Anteriormente presentaba una condición de presentación en libertad asistida la cual dice haber cumplido, la misma por la causa de tráfico de sustancias.

 Cuenta con el apoyo de su madre y abuela.

 Dice haber abandonado los estudios por seguir una vida de vagancia.
Antecedentes Familiares:


 Madre progenitora de seis (06) hijos que actualmente viven junto a ella al igual que su pareja actual, el mismo es padre de2 de ellos

 Hermano mayor trabaja para su sustento.
Hábitos:
Consumo de alcohol ocasionalmente (fines de semana), consumo de marihuana, perico ocasionalmente, manifiesta haber estado adicto a las sustancias que consumía.
Área Escolar:
Anteriormente abandono los estudios por falta de interés. Actualmente cursa escolaridad de 1er año dentro de la institución en la Misión Ribas, mantiene interés de seguir estudiando al salir en libertad, cuenta con el apoyo de su madre para continuar sus estudios. Define que una de sus metas es sacar bachillerato.
Área Laboral:
Labora en taller mecánico con su primo, de igual manera quiere seguir en la labor por que le gusta el oficio de la mecánica.
Área Sexual:
Inicio vida sexual a los 13 años, niega hijos y enfermedades venéreas. Sin embargo tenía una pareja que estaba embarazada y la misma quiso abortar.
Área Emocional:
Emocionalmente afectado por la situación en la que se encuentra, manifiesta tener unas metas las cuales ubica en tiempo y espacio definiéndolo como un posible proyecto de vida establecido. Se encuentra equilibrado sin embargo hay que tomar en cuenta la tristeza que expresa por ver a su madre afectada por la situación, esto indica que presenta emociones familiares importantes que posiblemente lo ayuden a realizarse como persona dentro del entorno familiar y social.
Examen Mental:
Joven adulto de 18 años de edad cronológica quien para el momento de la entrevista y examen psicológico manifiesta una conducta equilibrada que lo define como un avance dentro del plan que se ha venido estableciendo, por lo que lo hace un joven actualmente con nociones de razonamiento básico capaz de enfrentarse a problemas planteados y resolverlos según su nivel de dificultad por ensayo y error. Viste ropas adecuadas a su edad y sexo, desarrollo pondo estatural acorde a su edad, Facio de calma, buen contacto visual, lenguaje coherente, fluido y acorde a su nivel. Pensamiento de curso normal sin ideas delirantes ni trastornos sensoperceptivos. Inteligencia normal promedio media con memoria y juicio conservado. Tiene conciencia de la problemática.
ÁREA CONDUCTUAL:
Joven adulto IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY , desde su llegada a la casa de Formación ha mostrado una conducta acorde, intachable cumpliendo con las normas establecidas en el reglamento interno de la institución, colabora con las actividades asignadas, ha demostrado habilidades y destrezas en el área de manualidades y deportivas.
ÁREA EDUCATIVA:
El joven IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY, el alumno en el día a día de las actividades educativas presta atención a las actividades educativas tomando conciencia de sus posibilidades y logros adquiridos en las actividades educativas es muy positivo, ya que respeta las manifestaciones expresivas de los demás compañeros, demostrando libremente sus sentimientos. Por lo tanto su aprendizaje es del 87% de las actividades ejecutadas y dictadas por el profesor.
RESUMEN EVOLUTIVO DE SU PLAN INDIVIDUAL
En cuanto al objetivo general el joven adulto, se encuentra cumpliendo con las metas propuestas de su plan individual, ya que está en proceso para la toma de conciencia de su problemática para su reinserción social en pro de su crecimiento personal.
En el área educativa, se encuentra cursando el 1er año de la Misión Ribas.
Participo en un taller de títeres, en la entidad de atención por parte del Lcdo. Javier Jota.
Participo en un taller de reflexión humana dictada por la Organización Nacional Antidrogas (ONA).
Participo en una charla de valores dirigida por la pasante de la Universidad Nacional Experimental de los Llanos Ezequiel Zamora (U.N.E.LL.E.Z) Helen Escobar.
Participo en una actividad religiosa por parte de la Asociación Civil Comunitaria Fundación Ministerio Monte Sión.
Participo en una charla de espiritualidad y valores, por parte de la pasante de la UNELLEZ Helen Escobar.
Participo en una charla de comunicación Asertiva de Valores y Autoconcepto, por parte de la psicóloga. Lcda. Alejandra Pérez.
Participo en una actividad religiosa por parte de la Iglesia Luz y Vida.
Participo en una actividad religiosa y de recuperación de la cancha deportiva, promovida por la entidad de atención.
CONCLUSIÓN:
Joven adulto de 18 años de edad, ha mostrado buen comportamiento, conductas acordes, contando con el apoyo familiar por parte de la madre y la abuela, lo cual se encuentra cumpliendo con las metas propuestas del plan individual.
La presente Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente establece en su artículo 633 la elaboración del Plan Individual el cual debe resultar del estudio de los factores y carencias que incidieron en su conducta y dichos factores son generalmente de índoles psicológicas y sociales. En cuanto a la participación del adolescente es un derecho propio de éste, establecido en el artículo 631 literal “e”, siendo el plan individual fundamental para iniciar la vigilancia del cumplimiento de la sanción y que esté acorde con los objetivos fijados en la ley en armonía con la situación particular de cada adolescente. El artículo 647 en su literal “e” de la presente ley especializada que rige la materia faculta al Juez de Ejecución Especializado a revisar las sanciones impuestas al adolescente por lo menos cada seis (6) meses, pudiendo modificarlas ò sustituirlas, ejerciendo un control periódico, verificando así los efectos que la medida impuesta está teniendo sobre el sancionado, controlando que se cumpla el objetivo que la ley asigna a la sanción. Ejecutada la sanción el Juez de Ejecución debe ejercer un control permanente confrontando la finalidad de la medida, el plan individual y los resultados parciales de éstos. La modificación es un cambio que se produce en relación a la sanción del interno, se refiere al tiempo de duración de la medida original que puede ser reducido por el Juez de Ejecución adecuándola a la medida menos gravosa a imponer y a las condiciones establecidas para el cumplimiento de la sanción. Las medidas que se imponen a un adolescente tienen una finalidad primordialmente educativa y se complementará con la participación de la familia y el apoyo de los especialistas. Los principios orientadores de dichas medidas son el respeto a los derechos humanos, la formación integral del adolescente y la búsqueda de su adecuada convivencia familiar y social (artículo 621 de la Lopna), finalidad ésta que se alcanzaría en la fase de ejecución mediante “el pleno desarrollo de las capacidades del adolescente y la adecuada convivencia con su familia y con su entorno social” (artículo 629 Lopna). El objetivo de la sanción impuesta al adolescente es la prevención específica de la delincuencia, puesto que lo que se aspira es que no vuelva a reincidir, al expresar “ lograr la adecuada convivencia con el entorno social “,es igual a vivir en Sociedad respetando las normas y el derecho de los demás. Para lograr esto hay que educar al adolescente, desarrollando plenamente sus capacidades, dotarlo de las herramientas idóneas para que pueda vivir adecuadamente en Sociedad y es por ésta situación que se inicia el proceso detectando cuáles son los rasgos de su personalidad y de su vida que ameritan ingerencia y qué estrategias adoptar para interponerlas con éxito con el concurso de los técnicos para evaluar las áreas y los métodos de intervención, lo cual ocurre cuando se elabora el plan individual de ejecución siendo el punto de partida para el pleno desarrollo de las capacidades del adolescente y para evaluar su progresividad; en el presente caso podemos hacer una análisis comparativo entre las condiciones en que se presentó el adolescente cuando ingresó al centro en las diversas áreas descritas y las que hoy presenta luego de transcurrido siete (07) meses y tres (03) días de estar cumpliendo la medida de Privación de Libertad, en donde se observa que ha iniciado una evolución positiva, destacándose sus rasgos de personalidad y de las carencias que ha empezado a mejorar, pero que requieren seguir siendo tratadas, especialmente aspectos educativos, así como la madurez y concientización. La medida original debe ser sustituida ya que ha superado las carencias inicialmente detectadas, notándose que ha tomando conciencia del problema por el que atraviesa, logrando entender que en este sistema penal especializado, se dictan medidas de seguridad con el fin de lograr su resocializaciòn, logrando la superación de los motivos que lo conllevaron a cometer un delito. El joven sancionado: IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY, de acuerdo al contenido del plan individual convive con su madre y abuela; proviene de un hogar desestructurado, aunado a los diversos factores que incidieron en el trastorno de su conducta que requieren sean tratados durante mas tiempo para lograr la madurez necesaria, destacándose que la medida ha cumplido el objetivo en éste joven quien durante su permanencia en el Centro ha empezado a evolucionar, logrando incorporarse al área escolar (cursando el primer año en la Misión Ribas), aunado a la diversidad de abordajes por parte de los especialistas, así como demás actividades; en su caso particular se observa que la sanción impuesta originalmente cumplió con el objetivo para lo cual fue impuesta por cuanto está adquiriendo un grado de instrucción en la Misión Robinson, aprobando el primer año, manifestando su deseo de seguir estudiando y trabajar, así mismo ha realizado todos los cursos y talleres que allí se imparten, lo que representa que ha adquirido herramientas para canalizar habilidades y desarrollarse plenamente, está circunstancia que no existía a su ingreso ha contribuido al progreso del joven, aunado a que debe seguir dotándose de un repertorio de valores, de orientación, de continuar controlando el manejo de situaciones conflictivas que le permitan resistir a los estímulos criminògenos del medio. El joven adulto, IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY, es sujeto de derechos, lo que implica que no solo es titular de derechos sino que ha de asumir obligaciones como ciudadana( artículo 78 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 10 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente); derechos y obligaciones que ejerce y asume personalmente y en forma progresiva; así entonces como ciudadano responsable debe participar activamente en la realización de la finalidad atribuida a la medida que le ha sido aplicada y a la ejecución de la misma, sometiéndose a las condiciones que han sido señaladas en la sentencia y a las reglas legalmente establecidas para el cumplimiento de las mismas. El legislador ha pretendido que con la imposición de las medidas previstas en el artículo 620 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y su finalidad educativa, se logre la concientización del adolescente, su reinserción social y por otro lado dar respuesta a la Sociedad que exige seguridad y para ello contención del fenómeno criminal. Por todas éstas razones expuestas, analizadas, tomando fundamentalmente el resultado de los Informes del joven en estudio, comparándolo con el Plan Individual y atendiendo a los principios de éste Derecho Penal Especializado es por lo que se considera acoger el criterio del equipo Técnico del Programa Socio Educativo Varones, en cuanto a el análisis, y particularmente en lo que respecta al que es un inicio en su proceso de cambio, lo que indica que se inicio el proceso de resocialización; aunado a ello, ha cumplido mas de la mitad de la sanción impuesta, demostrando en la casa de formación un verdadero cambio a su favor que lo hace merecedor de una modificación en la medida impuesta, ya que ha superado las carencias observadas a su ingreso, lo cual debe influir en el desarrollo de su vida social y familiar.