De una revisión minuciosa efectuada en las actas procesales contenidas en la presente causa Nº E-866-08, la cual cursa por ante este Tribunal de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes, seguida contra el adolescente; IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY, se pudo constatar que en fecha; 13 del mes de Noviembre del año 2008, folios 157 al 159, este tribunal ordeno El Ejecútese de la Sentencia y la Elaboración del Computo de Ley, en el cual se indica que la sanción impuesta quedará totalmente cumplida en fecha; 01 DE SEPTIEMBRE DE 2011, siendo esta fecha incorrecta, siendo lo correcto que la sanción impuesta quedará totalmente cumplida en fecha; 01 DE MARZO DE 2011