ACTA

No. DE EXPEDIENTE: VP01-L-2007-001761
PARTE ACTORA: RUBEN CAPIELO.
PARTE DEMANDADA: SOCIEDAD MERCANTIL COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELEFONOS DE VENEZUELA (CANTV).
MOTIVO: BENEFICIO DE JUBILACIÓN.

En el día hábil de hoy, 9 de octubre de 2009, siendo las 10:30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en la presente causa, se deja constancia de la incomparecencia de las partes, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLÍQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación.

EL JUEZ

ABOG. SAMUEL SANTIAGO SANTIAGO

LA SECRETARIA