REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas
Barinas, veintinueve (29) de octubre de dos mil nueve (2009)
199º y 150º
ASUNTO: EP11-L-2009-000148
INDICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: ROSA D¨ CESARE, venezolana, Mayor de edad, titular de la cédula de identidad No V.-12.202. 670.
APODERADO DEL DEMANDANTE: No constituyó.
DEMANDADA: “PALMAVEN S.A., Sociedad Mercantil domiciliada en Caracas, Distrito Federal y Estado Miranda en fecha: 26 de Diciembre del año 1975, anotado bajo el N° 139, Tomo: 13-B de los libros respectivos.
APODERADOS DE LA EMPRESA DEMANDADA: LISSETTI CELIDED ZAMORA PEREZ, ESPERANZA DE JESUS PADRON VILLASANA, EMILY ESTHER RODRIGUEZ VELASQUEZ, ROSALIA PINTO GUTIERREZ, LENMAR GONZALO ALVAREZ CHARMEL, ROSA INES VALOR, DANIEL ENRIQUE TARAZON, JESUS ALEXANDER DUQUE, KENLY PRADO FIGUEREDO, YETXICA LEONOR MEDINA, ARACELIS SANCHEZ Y JORGE HAWAT LOSE, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nro: V-6.849.640, 5.382.205, 8.840.518, 7.088.250, 10.615.976, 8.730.860, 9.330.627, 9.692.777, 11.030.352, 3.305.167 Y 8.141.449 en su orden, e inscritos en el I.P.S.A con los números:37.957, 30.910, 101.639,61.639, 94.896, 83.842, 109.260, 37.074, 66.061, 76.115, 16.260, 33.953 respectivamente. Representación que consta en Poder autenticado por ante la Notaria Pública Quinta del Municipio Girardot del Estado Aragua, en fecha: veinticinco (25) de Febrero del Año 2005, anotado bajo el N° 10, Tomo: 48 de los libros respectivos el cual fue presentado en su original a efectum vivendi para que previa confrontación sea agregada su copia a las actas procesales, lo cual se efectuó en este mismo acto.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy; Jueves; Veintinueve (29) de Octubre del año dos mil Nueve (2009), siendo las nueve (9:00) de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, comparece ante este Tribunal el Abogado: LENMAR GONZALO ALVAREZ CHARMEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 7.088.250, e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 94.896, quien actúa en este acto con el carácter de Apoderado de la Empresa demandada: “PALMAVEN S.A., Sociedad Mercantil domiciliada en Caracas, Distrito Federal y Estado Miranda en fecha: 26 de Diciembre del año 1975, anotado bajo el N° 139, Tomo: 13-B de los libros respectivos. Seguidamente se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar ni por si ni por medio de su Apoderado, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 150 ° y 199 °.
La Jueza;
Abg. Carmen G. Martínez
El Compareciente:
Apoderado de la parte Demandada:
Abg. Lenmar Gonzalo Álvarez Charmel.
La Secretaria;
Abg.Maria Teresa Mosqueda.
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