REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, TRABAJO Y DEL NIÑO Y PROTECCIÓN DEL ADOLESCENTE
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y
DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
EXPEDIENTE N° 08-2911-C.B.
Barinas, 13 de octubre de 2009
199° y 150°
Vista la transacción realizada por las partes involucradas en el presente litigio en fecha 11 de agosto de 2009, y a los fines de impartir o no la homologación de dicha transacción, de conformidad con el contenido de los artículos 26, 49, 257 y encabezamiento del artículo 334 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela que consagran la garantía del acceso a la justicia, con un sistema judicial ajustado al proyecto contenido en nuestra Carta Magna, vale decir, un sistema judicial defensor de los derechos fundamentales de todos los ciudadanos de este País, dicho en otras palabras, se persigue con nuestra Constitución una verdadera reforma judicial, que haga prevalecer la justicia ordenada en nuestro texto constitucional; y de acuerdo al artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, que establece que el Juez es el Director del Proceso, se ordena a la parte demandada consigne en el presente expediente el o los documentos que acrediten la propiedad de las parcelas objeto de la dación en pago que forman parte de dicha transacción judicial, así como los documentos en los que se demuestre el parcelamiento al cual pertenecen dichas parcelas, ubicadas en la Urbanización Prado de Barinas, Parroquia Alto Barinas, Municipio Barinas identificadas en el documento contentivo de la transacción de la manera siguiente: “…A Parcela identificada con el Nro F10-E, Cuyo linderos y medidas son los siguientes: Norte: en longitud de once (11) metros, colinda con la calle 5. Sur: en longitud de once (11) metros, colinda con la parcela F11-E. Este: en longitud de veintisiete metros (27mts), colinda con la parcela F10-D. Oeste: en longitud de veintisiete metros (27mts), colinda con la parcela F10-F. B Parcela identificada con el Nro F-10-F cuyos linderos y medidas son los siguientes: Norte: en longitud de Dieciséis metros con veinte y ocho centímetros (16,28) colinda con la calle 5. Sur: en longitud de Dieciséis metros con veinte y ocho centímetros (16,28) colinda, con la parcela F11-F. Este: en longitud de Veintisiete (27) metros colinda, con la parcela F10-E. Oeste: en longitud de Veintisiete (27) metros colinda, con la parcela F10-G. C Parcela identificada con el Nro. F-10-G cuyos linderos y medidas son los siguientes: Norte: en longitud de Dieciséis metros con veinte y ocho centímetros (16,28) colinda con la calle 5. Sur: en longitud de Dieciséis metros con veinte y ocho centímetros (16,28) colinda con la parcela F11-G. Este: en longitud de Veintisiete (27) metros colinda, con la parcela F10-F.. Oeste: en longitud de Veintisiete (27) metros colinda, con la parcela F10-H. D. parcela identificada con el Nro. H-15, ubicada en la calle 6 A, Manzana H, con un área de terreno de cuatrocientos dieciocho metros cuadrados (418 mts”2), cuyo linderos y medidas son los siguientes Frente: en longitud de quince metros con cincuenta centímetro (15,50mts), colinda con la calle 6 A. Fondo: en longitud de quince metros con cincuenta centímetro (15,50mts), colinda con terrenos del municipio Barinas. Costado Izquierdo: en longitud de veintinueve metros con ochenta centímetro (29,80mts), colinda con la parcela número H-14. Costado Derecho: en longitud de veintiocho metros con cincuenta centímetro (28,50mts), colinda con la parcela H-14…”
Los documentos requeridos, deben ser consignados en un plazo de cinco (5) días hábiles contados a partir de que conste en autos la última notificación de las partes.
Se ordena la notificación de las partes y/o sus apoderados judiciales. Líbrense boletas
Publíquese y diarícese. Cúmplase lo ordenado.
La Jueza Suplente Especial,
Rosa Elena Quintero Altuve
La Secretaria,
Abg. Adriana Norviato Gil
Expediente N° 08-2911-CB.
REQA/