REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO BARINAS
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO BARINAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.- BARINAS, DIECISIETE DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL NUEVE.-
199° y l50°
Visto el escrito anterior suscrito por los ciudadanos: Edgar Becerra Torres, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad № 9.185.212 e inscrito en el instituto de Previsión Social del abogado bajo el Nro 82.188, quien actúa con el carácter de apoderado judicial del ciudadano: Carlos Alberto Becerra Cruz, parte demandante y Félix Gutiérrez Marcano, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad № 13.061.750, e inscrito en el instituto de Previsión Social del abogado bajo el Nro 74.772, quien actúa con el carácter de apoderado judicial del ciudadana: Miriam Elena Ramírez, parte demandada debidamente identificada en autos, contentivo de la Transacción suscrita entre las partes en el presente expediente signado con el № 09-5355; este Tribunal Primero del Municipio Barinas del Estado Barinas, encontrando llenos los requisitos exigidos en los Artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por mandato de la Ley HOMOLOGA DICHA TRANSACCION y le da el carácter de cosa juzgada. En consecuencia este Tribunal, acuerda el desglose del cheque que cursa al fòlio 68, previa certificación en autos y hacer la entrega del mismo a la parte demandante e igualmente librar cheque contra la cuenta corriente de este Juzgado para hacer entrega del dinero consignado como caución a la parte demandante quien lo recibirá mediante acta.- Diarícese. Cúmplase.-
La Juez Temporal,
Abg. Lizbeth Andreina Quintero.-
La Secretaria,
Abg. Gladys T. Moreno.-
La Juez Temporal (fdo.) firma ilegible Abg. (fdo.) firma ilegible Lizbeth Andreina Quintero.- La Secretaria, (fdo.) firma ilegible Abg. Gladys T. Moreno.-La suscrita secretaria Titular del Juzgado Primero del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas; CERTIFICA: Que el anterior traslado es copia fiel y exacta de su original que contiene la homologación de la Transacción suscrita entre las partes en el expediente signado bajo el № 09-5355, seguido en el juicio por DESALOJO, intentado por Carlos Alberto Becerra Cruz, contra la Miriam Elena Ramírez.- Así Lo certifico en Barinas a los Diecisiete días del Mes de Septiembre del Año Dos mil Nueve.-
La Secretaria
Abg. Gladys Teresa Moreno