REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas
Barinas, veinte de abril de dos mil diez
200º y 151º
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR
N° DE EXPEDIENTE: EP11-L-2009-000314
PARTE ACTORA: VIRMO VASQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V.- 8.171.120
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: OLINTO DE JESUS Z CORTEZ venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V.- 3.866.472 e inscritos en el inpreabogado bajo el número 17.565
PARTE DEMANDADA: SOLTEC DE VENEZUELA C.A
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: MALQUIADES ANTONIO OCAÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número e inscritos en el inpreabogado bajo el número 52.395
REPRESENTANTE DE LA DEMANDADA: ROYSIU ESPERANZA MANZANEDA RIVAS, venezolana, mayor de edad, titularidad de la cédula de identidad número 16.637.406
MOTIVO: COBRO POR PRESTACIONES SOCIALES.
En el día de hoy, martes 20 de abril de 2010, siendo las 08:30 a.m., día y hora fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparece ante este Tribunal la ciudadana ROYSIU ESPERANZA MANZANEDA RIVAS quien es representante de la parte demandada SOLTEC DE VENEZUELA C.A., Se deja constancia de que la parte actora ciudadano VIRMO VASQUEZ ni su apoderado Abogado OLINTO DE JESUS DIAZ CORTES se encuentran presentes en la presente audiencia. Este Tribunal dada la incomparecencia de la parte actora pese a que la representante de la parte demandada acude sin estar asistida de abogado de conformidad a lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo considera desistido el presente procedimiento y terminado el proceso. Es justicia en Barinas a la fecha de su publicación.-
El Juez
Abg. José E. Morales S.
La Compareciente,
Representante de la Demandada
ROYSIU ESPERANZA MANZANEDA RIVAS
La Secretaria
Abg. NUBIA DOMACASE
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