REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO PEDRAZA
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
Ciudad Bolivia, 30 de abril de 2010.
200° y 151°.
Recibido como ha sido expediente Nº 1615, contentivo de juicio de Rectificación de Acta de Nacimiento, remitido mediante oficio Nº 157 de fecha 24-03-2010, por el Juzgado Segundo del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, por declinatoria de competencia, presentado por el ciudadano: Tony David Quintero Monsalve, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.189.426, de profesión sacerdote, natural de El Algarrobo, Ciudad Bolivia, Municipio Pedraza del Estado Barinas, quien manifiesta que en el acta de nacimiento N° 1385, expedida por el Registro Civil de la Parroquia Ciudad Bolivia, Municipio Pedraza del Estado Barinas, el nombre de su progenitora, se expresa como: Edicta Monsalve de Quintero, siendo el correcto: María Edita Monsalve de Quintero. En consecuencia este Juzgado acepta la competencia para la decisión de la presente causa de conformidad con los artículos 60 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el articulo 445 del Código Civil Venezolano y en acatamiento expreso a la doctrina reiterada de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia relativa a la competencia de los Tribunales en razón del territorio para conocer de los juicios por rectificación o inserción de actas de nacimiento; désele entrada y el curso de ley correspondiente y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres, ni a disposición expresa de la ley, se admite cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con el artículo 340 y 770 del Código de Procedimiento Civil y a los fines previstos en el artículo 132 y 771 ejusdem, se ordena notificar al Fiscal Séptimo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, anexándose copia certificada del presente auto. Se acuerda librar Cartel de emplazamiento a cuantas personas puedan verse afectadas en sus derechos para que comparezcan ante este Tribunal dentro de los diez (10) días de despacho siguiente a que conste en autos la publicación y consignación del cartel emitido en la presente solicitud, a exponer lo que consideren conducente, el cual deberá publicarse en el Diario de circulación nacional “Ultimas Noticias” en dimensiones que permitan su fácil lectura. Para la elaboración de las mencionadas copias se autoriza amplia y suficientemente al ciudadano alguacil de este Tribunal. Líbrese Cartel de emplazamiento y Boleta de Notificación.
La Jueza,
Belkis Xiomara Méndez Ramírez.
La Secretaria,
Janitzia Aro Bastidas.
Seguidamente se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
Conste.
La Secretaria,
Exp. 443.
BXMR/um.
Sent. 42-2010
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