REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y
SUSTANCIACION.
Barinas, 13 de Agosto de 2010. 200 ° Y 151 °
Vista la anterior demanda :pertOBLlGACION.DE MANÚTENCIÓN y los recaudos
acompañados, suscrita po(~la'ciudadana ARIANA ANDREINA DUGARTE PEREZ,
venezolana, mayor de edad, titular de la cédula-de identidad N° V-20.865.684, madre
del niño SE OMITE, de 02 años de edad, asistida por la
Defensor Público abogada MARISOL D'AMICO, incoada contra el padre ciudadano
HEBERT AMADO DURAN PARADA, venezolano, mayor de edad, C.I N° V-
17.492.410, por no ser contraria al orden público a las buenas costumbres y a
ninguna disposición expresa de la Ley, SE ADMITE CUANTO HA LUGAR EN
DERECHO, CONFORME EL ARTíCULO 457 LOPNNA, désele curso por el
Procedimiento Ordinario establecido desde el artículo 450 LOPNNA. Notifíquese al
ciudadano HEBERT AMADO DURAN PARADA, venezolano, mayor de edad, C.I N°
V-17.492.410, a fin de que comparezcapor ante este Tribunal para que conozca día y
hora en que tendrá lugar el inicio de la 'fase 'de mediación de la Audiencia preliminar la
cual será fijada mediante auto expreso, que se enterara compareciendo por ante este
Tribunal dentro de la última hora,-de despacho (02:30, p,m) del 2° día siguiente a la
certificación secretarial de su notificaclón conforme lo establecido en el articulo 457
Ejusdem. Se fija a cargo del 'p'adre-de conformidad .con lo dispuesto en los artículos
05, 30, 512 Y 466-B ordinal "á":"LOPNA y 16',ÚniC"o aparte de la Constitución de
Venezuela OBLlGACION DE MANUTENCióN"PRUDENCIAL y PROVISIONAL en la
cantidad de CUATROCIENTOS BOlÍVARES. (Bs. 400,00) mensuales, adicional en
los meses de Septiembre -ybTciembre 'la' cantidadde SEISCIENTOS BOLlVARES
(BsF. 600,00), para lo cual ¿fíciese ~I ente patronal del demandado. Notifíquese al
Representante del Ministerio pu6fico. Líbrense las boletas correspondientes.
Diarícese y Cúmplase. Siguenfitmas ilegibles de la Juez Primera de Primera
Instancia de Mediación y Sustanciación Abg. Yolanda Guerrero y la Secretaria. En la
misma fecha se libraron copias certificadas de Ley. Conste: Sigue firma ilegible de la
Secretaria. Quien suscribe en mi carácter de secretaria del este Tribunal Primero de
Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de esta Circunscripción Judicial,
CERTIFICO que anterior traslado es copia fiel y exacta de sus originales, cursantes a
los folios del Expediente MD11-V-201 0-0001 06, todo de conformidad con el
articulo 112 del Código de procedimiento Civil.