REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO, TRÁNSITO Y AGRARIO
República Bolivariana de Venezuela
En su nombre
Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.
AUDIENCIA PROBATORIA
EXP 5.160
En el día de hoy, Cinco (05) de Agosto de Dos Mil Diez (2010), siendo las Diez (10:00) de la mañana, fecha y hora fijados por este Tribunal para la celebración de la AUDIENCIA PROBATORIA tal como lo establece el articulo 233 de la Ley de Tierra y Desarrollo Agrario, en el presente juicio de REIVINDICIACIÓN, signado con el Nº 5160, intentado por el ciudadano VILLARROEL HIDALGO GONZALO AGUSTIN, en contra de MOLINA LEONEL AYALA, Debidamente constituido el Tribunal, presidido por el ciudadano Juez abogado JOSÉ GREGORIO ANDRADE P., la Secretaria Abg. JENNIE W. SALVADOR P. y el Alguacil Abg. HUGO ARMANDO RAMIREZ. El ciudadano Juez ordena al Alguacil verificar la presencia de las partes, siendo informado que en la Sala, se hizo presente el abogado SALAS OSORIO HÉCTOR EDUARDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 11.188.541, inscrito en el Inpreabogado bajo los Nº 143.163, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandante. Igualmente se deja constancia de la presencia del abogado JOSE FREDDY GILLY TREJO, venezolano, mayor de edad titular de la cedula de identidad N° 1.987.079, inscrito en el inpreabogado N° 5535, apoderado judicial de la parte demandada. Seguidamente se hizo el anuncio del Acto y el Juez informa a las partes sobre la naturaleza y finalidad de la Audiencia prevista en el artículo 233 y siguientes de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, igualmente informa a los presentes sobre las normas a seguir establecidas en la puerta del Tribunal. En este estado, el ciudadano Juez JOSÉ GREGORIO ANDRADE P., da inicio a la presente audiencia y concede el derecho de palabra al Abogado: SALAS OSORIO HÉCTOR EDUARDO, quien expuso: “consigno en cuatro (04) folios útiles las conclusiones escritas”. Es todo. Posteriormente el ciudadano Juez concede el derecho de palabra al abogado JOSÉ FREDDY GILLY TREJO, quien expuso: “consigno en este acto escrito de conclusiones en dos folios (02) útiles y dos (02) anexos en copias fotostáticas simple que contienen jurisprudencia de la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia”. Es todo. En este estado el ciudadano Juez ordena agregar al expediente, los escritos de conclusiones consignados por las partes en la presente Audiencia. Se deja constancia que la presente Audiencia será transcrita de forma integra y agregada al expediente y que fue debidamente grabada y filmada por el funcionario adscrito a la Dirección Administrativa Regional ciudadano JOSE ANTONIO HERNANDEZ. En este estado se suspende la presente audiencia y se continuará a las 11:30 a.m del día de hoy, momento en el cual se dictará el fallo respectivo, con la advertencia a las partes de que el texto íntegro del fallo será publicado dentro del lapso de diez (10) días de despacho después del pronunciamiento verbal del Juez. .- Es todo término, se leyó y conformes firman.-
Abg. JOSÉ GREGORIO ANDRADE P.
JUEZ.-
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE
APODERADO JUDICIAL DE LA
PARTE DEMANDADA
Abg: HUGO RAMÍREZ
ALGUACIL
Abg. JENNIE W. SALVADOR P.
SECRETARIA
JGAP/JWSP/av
Exp. N° 5160