CIRCUITO DE PROTECCiÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
DE LA CIRCUNSCRIPCiÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE
MEDIACiÓN, SUSTANCIACIÓN y EJECUCiÓN
Barinas, 10 de Diciembre de 2010
200° Y 151° /
Vista la diligencia de fecha 30/11/2010, inserta al folio 129, suscrita por la Licenciada
Eunice Jiménez, en su carácter de Trabajadora Social Suplente del Equipo
Multidisciplinario de este Tribunal, en la que reseña: "Informo a este Tribunal que en
fecha 23 de los corrientes me traslade hasta la calle Aranjuez, casa N° 7-127,
diagonal a la Escuela Básica 24 de Junio, Municipio Barinas a objeto de realizar visita
domiciliaria de seguimiento a los ciudadanos Carmelina Pérez y Dennos Pompeyo
Ruiz, padres guardadores de los niños SE OMITEN en la
Presente causa de Medida de Protección Colocación Familiar. Al llegar a la dirección
señalada nos entrevistamos con la ciudadana Carmelina Pérez quien nos informó que
en el año dos mil nueve (2009) se decretó la adopción en beneficio de los niños de
autos según asunto N° C-8885-0?, Por lo antes expuesto no se consignan informes
de seguimiento". De conformidad con el artículo 08, 26 Y 131 LOPNNA Resulta
forzoso para este Tribunal por no existir motivos de hecho ni de derecho para
mantener dicha Colocación Intra Familiar Revocar la misma y acordar el CESE DEL
PROCEDIMIENTO Y EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE. Diarícese cúmplase. Sigue
firmas ilegibles de la Jueza Primera de Primera Instancia de Sustanciación y
Mediación Abg. Yolanda F. Guerrero y la Secretaria. En la misma fecha se libraron
las copias certificadas de Ley. Conste la Secretaria. Siguen firma ilegible. QUIEN
SUSCRIBE , en mi carácter de secretaria del Circuito de
Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial,
CERTIFICO: que el anterior traslado es copia fiel y exacta de su original, cursante al
folio del Expediente TI1-C-2004-004244, certifj : .. '~ [ue se hace de
conformidad con el artículo 112 del Código de Procedimien(~<, ,.,ft:~'?. ~~