REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO, TRÁNSITO Y AGRARIO





Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.

Barinas, 15 de Diciembre de 2010
200º y 151º

Visto el escrito de apelación presentado en fecha 07-12-2010, por la ciudadana MARIA ZABALETA, con el carácter de autos, debidamente asistida por la Abogada MAROLI RIVERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 145.199, constante de seis (06) folios útiles sin anexos, agréguese al expediente respectivo y vistas las diligencias suscritas por el Abogado FELIX MOISES ROSALES, con el carácter de Apoderado Judicial de la parte demandada, de fechas 13 y 14 de diciembre de 2010, mediante la cual apelan de la decisión dictada por este Juzgado en fecha 06-12-2010, fundamentando ambas apelaciones y dando así cumplimiento a lo establecido en el Artículo 175 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario; en consecuencia se ordena oír las mismas y de conformidad con lo señalado en el último aparte del Artículo 249 del Código de Procedimiento Civil, el Tribunal oye libremente dichas apelaciones y ordena remitir el presente expediente al Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, a los fines de que decida las apelaciones interpuestas. Remítase con oficio y anótese su salida. Se deja constancia que la sentencia fue dictada en fecha 06-12-2010; dándose por notificada la parte actora en esa misma fecha y la parte demandada en fecha 07-12-2010; oyéndose la presente apelación exactamente al día siguiente del vencimiento del lapso de apelación, es decir, el 15-12-2010. Expídase por secretaría cómputo de los días de despacho transcurridos en este tribunal desde el día 06-12-2010, exclusive, fecha en que se dictó la sentencia, hasta el día de hoy inclusive.


ABOG. JOSE GREGORIO ANDRADE PERNIA.
JUEZ.
ABG. JENNIE W. SALVADOR P.
SECRETARIA.
JGAP/nh
Exp. N° 4782