REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, TRABAJO Y DEL NIÑO Y PROTECCIÓN DEL ADOLESCENTE
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y
DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.
Barinas, 07 de enero de 2.010
199° y 150º
Vista la inhibición formulada por la abogada Rosa Elena Quintero Altuve en su condición de Jueza del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en el presente expediente, y vencido el lapso establecido en el artículo 86 del Código de Procedimiento Civil sin que se haya producido allanamiento; se acuerda abrir Cuaderno Separado de Inhibición a los fines de su tramitación. De igual modo se acuerda expedir copias fotostáticas certificadas de la Inhibición y de actuaciones relacionadas con la misma, a los fines legales consiguientes. En consecuencia, se acuerda remitir al Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Región Los Andes, el expediente signado con el N° 08-2861-CB., contentivo del juicio de Rescisión por causa de lesión, incoado por la ciudadana: Yeida Campos, contra el ciudadano: Juan Carlos Escalante, a los fines de que continué su curso legal y el cuaderno separado de inhibición, para que conozca y decida la inhibición formulada por la Jueza de este Tribunal Abogada Rosa Elena Quintero Altuve. Déjese constancia en el Libro Diario. Líbrese oficio.
Remítase con oficio. Déjese constancia en el Libro Diario.
La Jueza Suplente Especial,
Rosa Elena Quintero Altuve
La Secretaria,
Abg. Adriana Norviato Gil
En la misma fecha 07-01-2010, se cumplió lo ordenado y se remiten con oficio N° 001 y 002. Conste.
La Scria,
Expediente Nº 08-2861.-CB.
REQA/ANG/Zaydé.-