REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO, TRÁNSITO Y AGRARIO

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.- Barinas, Trece de Enero de Dos Mil Diez.-
199° y 150°

Por cuanto se observa que este Tribunal en fecha 10-12-07, dicto sentencia declarando consumada la Perención en el presente juicio y se ordenó la notificación de la parte demandante, comisionándose en esa misma fecha al Juzgado de los Municipios Ezequiel Zamora y Andrés Eloy Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas a los fines que practicara la citación ordenada y de una revisión de las actas que conforman el expediente se pudo constatar que al folio Trece (13) cursa instrumento poder otorgado por la demandante ciudadana LAURI YELITZA CAMARGO BAUTISTA al Abogado EFRAÍN JOSÉ RODRÍGUEZ GÓMEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.204, domiciliado en el Escritorio Jurídico Rodríguez Magallanes, calle 13, N° 13-23, Barrio Obrero, San Cristóbal Estado Táchira, razón por la cual se deja sin efecto la comisión librada mediante oficio N° 155-07, de fecha 10-12-07, al Juzgado de los Municipios Ezequiel Zamora y Andrés Eloy Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas y en su defecto se comisiona suficientemente al Juzgado de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira a los fines que practique la notificación de la representación judicial de la parte demandante Abogado EFRAÍN JOSÉ RODRÍGUEZ GÓMEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.204. Líbrese boleta de notificación, despacho y oficio.-


Abg. JOSÉ GREGORIO ANDRADE P.
JUEZ.-
Abg. JENNIE W. SALVADOR P. SECRETARIA.-
En la misma fecha se libro boleta de notificación, despacho con salida N° 16 y se remitió con oficio N° 031. Conste.-
Scría.-
JGAP/JWSP/br
Exp. N° 4.656.-