REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas
Barinas, uno de febrero de dos mil diez
199º y 150º
SENTENCIA
N° DE EXPEDIENTE: EP11-L-2009-000335
PARTE ACTORA: JOSE GREGORIO QUINTERO SERRADA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V.- 9.986.955
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: LERSSO GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V.- 9.992.617 e inscritos en el inpreabogado bajo el número 72.161
PARTE DEMANDADA: AUTOLLANOS BARINAS.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: USTINOVK FREITES ALVARAY, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 9.268.514 e inscrito en el inpreabogado bajo el número 32.508
MOTIVO: CALIFIFCACION DE DESPIDO
En el día de hoy, primero (01) de febrero de 2010, siendo las 09:00 a.m., día y hora fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar, se deja constancia de la no comparecencia de ninguna de las partes a la celebración de la audiencia preliminar por lo que de conformidad a lo establecido en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en el articulo 130, se declara desistido el procedimiento y terminado el proceso.-
El Juez


Abg. José E. Morales S.

La Secretaria


Abg. Maria T. Mosqueda