REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas
Barinas, veinticuatro (24) de febrero de dos mil diez (2010)
199º y 151º


N° DE EXPEDIENTE: EP11-S-2007-000157

PARTE OFERENTE: “BGP INTERNATIONAL OF DE VENEZUELA S.A.”, domiciliada en Caracas, e inscrita ante el Registro Mercantil V de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 21 de Mayo de 2001 bajo el número 42, Tomo:543-A.

PARTE OFERIDA: LEDDYMAR SILVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V- 15.535.882

ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE OFERIDA: BLANCA CECILIA DUARTE, inscrita en el I.P.S.A con el Nº 54.506 y GUSTAVO J. LINARES, inscrito en el I.P.S.A con el Nº 135.683.

APODERADOS DE “BGP INTERNATIONAL OF DE VENEZUELA S.A.”: WILLIAN ENRIQUE CUEVAS, inscrito en el I.P.S.A con los Nº 55.722. Representación que consta en poder que corren insertos a los folios: 02 y 03 ambos inclusive.

MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO

En el día de hoy, miércoles veinticuatro (24) de Febrero de 2010, siendo las once (11:00) de la mañana, comparecen por una parte, la ciudadana: LEDDYMAR SILVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V- 15.535.882, debidamente asistido por la abogada: BLANCA CECILIA DUARTE, inscrita en el I.P.S.A con el Nº 54.506 parte Oferida en la presente causa e igualmente se encuentra presente Apoderado de la Empresa Oferente; Abogado: WILLIAN ENRIQUE CUEVAS, inscrito en el I.P.S.A con los Nº 55.722. Representación que consta en poder que corren insertos a los folios: 02 y 03 ambos inclusive. Verificada la presencia de las partes seguidamente se procede a la celebración de la misma y se le concede el derecho de palabra a cada una de las partes quienes expusieron sus puntos de vista, por una parte la parte Oferente insiste en la Oferta Real de Pago efectuada y que la misma forma parte del pago efectuado en cumplimiento de sentencia que guarda relación con el expediente Nº EP11-L-2008-493 por su parte la Oferida indica que ratifica diligencia de fecha: veintidós (22) de Febrero del Año 2010 la cual corre inserta al folio treinta y uno y que esta de acuerdo con lo expuesto por el Apoderado de la parte Oferida porque ciertamente la cantidad que se recibe en este acto forma parte del pago efectuada por la Empresa en la causa antes señalada. Ahora bien este Tribunal observa que por tratarse de un procedimiento de jurisdicción voluntaria y por cuanto se encuentra admitida la relación de trabajo dada la oferta real de pago, lo cual conlleva al pago de lo que le corresponde al trabajador por el tiempo de servicio prestado, y siendo criterio constante en materia laboral, que en caso de que el patrono efectúe una oferta Real de Pago puede el trabajador recibir el monto ofertado, sin que esto se entienda como abandono del derecho que tiene de reclamar posteriormente las diferencia que pudieran originarse (criterio establecido por la Sala de Casación Social en Sentencia de fecha: 24 de octubre del año 2006- Caso:J.I Soler contra Preparados Alimenticios Internacionales, C.A (PAICA) y aunado al hecho de que las partes han concurrido personalmente al Tribunal y manifiestan la voluntad de recibir lo consignado y aceptando de igual manera que forma parte del pago con ocasión de una sentencia pronunciada y contenida en el expediente Nº EP11-L-2008-493 . En virtud de lo antes expuesto este Tribunal hace entrega del monto consignado en un cheque e Gerencia con las siguientes características Banco BANFOANDES, Código de cuenta Cliente número: 0007-0092-42-000000031 por un monto de Dieciocho Mil ochocientos setenta y siete Bolívares fuertes con ochenta y seis céntimos (Bs.18.877,86) signado con el número: 00004322 a nombre de la ciudadana: LEDDYMAR SILVA, parte Oferida en la presente causa, el cual ha formado parte del expediente llevado por este Tribunal, con la entrega del presente cheque se da por terminado el presente procedimiento por lo que se ordena el resguardo del presente expediente para su posterior remisión al archivo Judicial. Es Terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez;


Abg. Carmen G. Martínez.



Los Comparecientes,




Parte Oferida: Leddymar Silva.




Abogados Asistentes de la Oferida:




Abg. Blanca Duarte.


Y


Abg. Gustavo Linares.



Abg. Apoderado del Oferente:
William Enrique Cuevas Rodríguez.





El Secretario;



Abg. Jhonny Vela Vàsquez.-