REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO, TRÁNSITO Y AGRARIO
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.
Barinas, 01 de Febrero de 2010.
199º y 150º
Vista la diligencia de fecha 29-01-2010, presentada por el abogado en ejercicio, LUBIN VIELMA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 25.649, con el carácter de apoderado judicial del ciudadano LUIS FELIPE VELASQUEZ ECHEVERRI, parte demandada, mediante la cual promueve pruebas, por cuanto las mismas no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, se admiten cuanto ha lugar en derecho, reservándose el tribunal su apreciación en la definitiva. En cuanto a las documentales promovidas, se admiten las mismas reservándose el Tribunal su apreciación en la definitiva. En cuanto a las testimoniales y las posicione juradas promovidas, las mismas ya fueron admitidas mediante auto de fecha 24-11-2009, y se acuerda citar al ciudadano: LUIS ABEL PEREZ MORENO, para que comparezca por ante éste tribunal el día de la celebración de la Audiencia Probatoria, a fin de que absuelva posiciones juradas, y recíprocamente las absolverá el demandado; en cuanto a la boleta de citación del ciudadano: LUIS ABEL PEREZ MORENO, la misma será librada el día en que se fije la Audiencia Probatoria. Se admiten las pruebas de informes promovidas; en consecuencia ofíciese al Ministerio del Ambiente Región Barinas, a los fines de que informe a este tribunal lo siguiente: las características especiales del área querellada y la legalidad de la autorización que ostenta el demandado para intervenir en la zona. En cuanto a la experticia promovida, se fija las 10:00 a.m. del segundo día de despacho siguiente al de hoy, a fin de que tenga lugar el acto de nombramiento de experto.
ABG. JOSE GREGORIO ANDRADE PERNIA.
JUEZ.
ABG. JENNIE W. SALVADOR P. SECRETARIA.
En la misma fecha se libró oficio N° 102.- Conste.-
Scría.
JGAP/JWSP/nh.
EXP N° 5168.