REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 1 de Febrero de 2010
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2009-008963
ASUNTO : EP01-P-2009-008963

AUTO DE APERTURA A JUICIO

De conformidad con el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, éste Tribunal de Control N° 06 de éste Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, una vez realizada la Audiencia Preliminar en el presente caso, en virtud de haberse admitido la acusación interpuesta por la Fiscalía Décima Primera del Ministerio Público, se fundamenta el siguiente Auto de Apertura a Juicio del acusado EUDY MONTES GUTIERREZ:

IDENTIFICACIÓN DEL ACUSADO

EUDY MONTES GUTIÉRREZ, quien quedó identificado como, venezolano, de Estado Civil Soltero, de 32 años de edad, titular de la cédula de identidad personal Nº V.- 13.675.357 natural de Socopo Estado Barinas, fecha de nacimiento 10-03-77, de profesión u oficio comerciante, hijo de Miriam Gutiérrez (v) y de Exal Montes (d), residenciado en barrio las Ameritas, carrera 13 , caon calle 1, Nº de teléfono, 0424-5035101, Socopo Municipio Antonio José de Sucre, Estado Barinas.
EXPOSICION DE LOS HECHOS

Siendo la oportunidad procesal pertinente, la Fiscalía del Ministerio Público, expuso formalmente la Acusación contra el imputado de Autos por la presunta comisión de los siguientes hechos: En fecha 19 de agosto de 2006, siendo las 11:00 horas de la noche salio una comisión en vehículo particular, a cargo de Funcionarios de la Guardia Nacional Destacamento 14, adscritos al Primer pelotón de la Segunda Compañía del Estado Barinas, con la finalidad de efectuar recorridos de inteligencia por la jurisdicción del Puesto, encontrándose en la estación de servicio PDV, ubicada en la troncal 5 a eso de las 12 horas de la noche, a un vehículo que transitaba en sentido contrario San Cristóbal Barinas, y que transportaba una carga tapada con lona, generándonos sospechas que pudiese ser algo ilegal, donde procedimos a seguirlo y a la altura del puente Bum Bum, le hicimos señas que se detuviera a la derecha seguidamente los funcionarios actuantes se bajaron del vehículo donde se desplazaban procediendo a identificarse como funcionarios de la Guardia Nacional, eso fue al conductor del vehículo que se identifico como EUDI MONTES, identificado en autos, quien conducía el vehiculo marca Ford, Cargo 815, color Blanco, Placa 22YLAD, el cual trasportaba una carga tapada en su totalidad con una lona color verde aceituna, y al revisar pudimos observar que se trataba de machihembrado de la especie melina, al momento de solicitarle al conductor del camión las guías que amparaban la legalidad del producto forestal en mención, el mismo presento tres (39 guías de movilización de productos forestales según números 142137, 142138 y 142510, y seriales C-1-5 de 10,000M3, cada una de las guías, para un total de 30,000 M3, las que presentaban un sello húmedo donde identifican al Ingeniero Forestal Orasman Alarcon, con cedula 10777753, una firma tipo rubrica el mismo portaba una factura de remes N° 0485, perteneciente a la empresa Bosque (aserradero) ubicado en la Urbanización Alberto Carnevaly de Socopo Municipio Antonio José de Sucre no presenta Rif ni Nit, es de hacer notar referencia que al hacerle un chequeo minucioso a las Guías de Circulación del Producto Forestal, presentadas por el chofer se pudo detectar una irregularidad en el reglon de la guía donde es especifico para e control de los diferentes punto de control fijo de la Guardia Nacional, ya que el primer reglon de cada guía estaba un sello húmedo perteneciente al Puesto del Comando de la Segunda Compañía del Destacamento 14, con sede en el Sector uno de la Población de Socopo y el nombre legible de un C/1 (GN) López, con fecha 18-08-2006, y para esa fecha no se encontraba destacado allí ningún efectivo con ese nombre, por eso se les habré la sospechas que las guías sean falsas, en ese momento se presento un vehículo marca Cheyenne, color Blanco, Placas 66X-GAX y se orillo a la derecha, bajándose el conductor quien se dirigió a los efectivos por lo que procedimos a identificarlo como Mauricio Rodríguez Molina, quien manifestó que le producto forestal es de su propiedad y que tratáramos de arreglar eso que les daría 15.000 bolívares, el cual le hicimos saber que no aceptamos dinero, por lo que procedió a trasladar al conductor y al camión con los productos forestales a la sede del Destacamento.-

CALIFICACIÓN JURIDICA

En cuanto a la calificación jurídica dada por la Fiscalía del Ministerio Público, para el ciudadano EUDY MONTES GUTIERREZ, sobre los delitos de APROVECHAMINETO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO y CONTRA LA FE PUBLICA, previsto y sancionado en los artículos 470 y 322 del Código Penal venezolano vigente, cometido en perjuicio del ambiente y la calidad de vida, éste Tribunal de Control N° 06 la acuerda, por cuanto, de acuerdo a lo que obra en la presente causa se presume que el aquí acusado es el autor responsable de los hechos que se le imputan, en virtud que en fecha 19 de agosto del 2006, siendo aproximadamente las 12 horas de la noche, fue aprehendido por funcionarios de la Guardia Nacional con productos forestales que no pudo demostrar su legalidad, amparándose en guías falsas. Así se decide.-

PRUEBAS ADMITIDAS A LA FISCALIA DEL MINISTERIO PÚBLICO PARA JUICIO ORAL PÚBLICO

En cuanto a las pruebas ofrecidas por la Fiscalía del Ministerio Público para el juicio oral y público, se admiten las siguientes:

1.- TESTIMONIAL DE LOS FUNCIONARIOS C/1 (GN) PALACIOS ESCOBAR CARLOS, C/2 (GN) LINAREZ DAVILA JHONNY, C/2 (GN) HERNANDEZ BRICEÑO RICHAR adscritos al Primer Pelotón de la Segunda Compañía del Destacamento 14 de la Guardia Nacional.

2.- TESTIMONIAL DEL FUNCIONARIO ARTEAGA JESUS, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Barinas, por cuanto fue el funcionarios que realizo las experticias 9700-219-118 a tres documentos que fungen como guías de circulación.

3.- TESTIMONIAL DEL FUNCIONARIO DETECTIVE CONTRERAS JOSE, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Barinas, por cuanto fue el funcionarios que realizo el Acta de Investigación Penal de fecha 23-11-2008.

4.- TESTIMONIAL DE LOS INGENIEROS FORESTALES GERARDO ALI GUTIERREZ Y FREDDY TORREALBA, adscritos al Ministerio para el Poder Popular para el Ambiente Estado Barinas, por cuanto realizaron la Experticia Técnica a un lote de Guías de Circulación así como a los productos forestales.

5.- TESTIMONIAL DEL FUNCIONARIO JOSE LUIS CARRERO CAERRERO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Barinas, por cuanto fue el funcionarios que realizo la experticia 9700-219-126-09, al vehículo que trasportaba los productos forestales.

6.- TESTIMONIAL DEL INGENIERO FORESTAL OROZMAN ALARCON SOTO, adscritos al Ministerio para el Poder Popular para el Ambiente Estado Barinas, por cuanto realizo todas las diligencias en la Providencia Administrativa N° 05-05-02-0-2006-049.

DOCUMENTALES

Con fundamento al artículo 339 ordinal 2º y 358 del Código Orgánico Procesal Penal, se aceptan para ser incorporadas a través de su lectura en Juicio Oral y Público las siguientes documentales:

1.- EXPERTICIA DE FECHA 11-11-2006, N° 9700-068-636, practicada por el Experto Pedro Díaz, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Barinas. Folio (59)

2.- EXPERTICIA DE FECHA 26-11-2006, N° 9700-219-118, practicada por el Jesús Artega, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Barinas. Folio (78)

3.- INFORME TECNICO CONSIGNADO CON OFICIO N° 2746, de fecha 03 de diciembre de 2008, practicada por Los Ingenieros Forestales Gerardo Ali Gutiérrez Y Freddy Torrealba, adscritos al Ministerio para el Poder Popular para el Ambiente Estado Barinas, por cuanto realizaron la Experticia Técnica a un lote de Guías de Circulación así como a los productos forestales. Folios (86 al 91)

4.- EXPERTICIA DE FECHA 01 DE ABRIL DE 2009, N° 9700-219-126-09, practicada por el funcionario José Luís Carrero Caerrero, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Barinas. Folio (95)

5.- ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL DE FECHA 23-11-2008, suscrita por el Detective Contreras José, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Barinas.- Folio (85)

6.- PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA N° 05-05-02-0-2006-049, correspondiente al ciudadano imputado realizada por el Ingeniero Forestal Orozman Alarcón Soto, adscritos al Ministerio para el Poder Popular para el Ambiente Estado Barinas. Folio (105 al 107)

ORDEN DE APERTURA A JUICIO ORAL Y PÚBLICO

Se ordena la Apertura a Juicio Oral y Público de conformidad con lo establecido en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal del acusado EUDY MONTES GUTIERREZ, plenamente identificado, por la presunta comisión de los delitos de APROVECHAMINETO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO y CONTRA LA FE PUBLICA, previsto y sancionado en los artículos 470 y 322 del Código Penal venezolano vigente, cometido en perjuicio del ambiente y la calidad de vida.
Se emplaza a la partes para que un lapso común de cinco (05) días concurran ante el Juez de Juicio correspondiente.
Se ordena al Secretario remitir la presente causa a la URDD a los fines de que sea distribuido entre los Jueces de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, para su conocimiento. Así se decide. Decisión ésta que se toma en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y con fundamento en los artículos 327 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal.-


ABG. HECTOR ELBANO REVEROL ZAMBRANO
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL N° 06

EL SECRETARIO

ABG. JOSÉ LUÍS GUZMÁN