REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas
Barinas, trece de julio de dos mil diez
200º y 151º
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR
N° DE EXPEDIENTE: EP11-L-2010-000116
PARTE ACTORA: ARTURO COROMOTO PEREZ y CRISANTO JIMENEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad número V.- 2.843.716 y 2.300.577 respectivamente
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: OMAR E. AREVALO y GERARDO UZCATEGUI, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad número V.- 8.142.530 y V.- 10.555.588 respectivamente e inscritos en el inpreabogado bajo los número 37.076 y 73.651 en su orden.
PARTE DEMANDADA: ALCALDÍA BOLIVARIANA SOCIALISTA DEL MUNICIPIO BARINAS DEL ESTADO BARINAS
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: JINMY AYALA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 16.978.585 e inscrito en el inpreabogado bajo el número 115.413
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día de hoy, trece (13) de julio de 2010, siendo las 09:00 a.m., día y hora fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar, comparece el Abogado JINMY AYALA, quien es apoderado de la parte demandada ALCALDIA BOLIVARIANA SOCIALISTA DEL MUNICIPIO BARINAS DEL ESTADO BARINAS, se deja expresa constancia de que la parte demandante ciudadanos ARTURO COROMOTO PEREZ y CRISANTO JIMENEZ no comparecieron a la celebración de la presente audiencia, por lo que de conformidad a lo establecido en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en el artículo 130, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
El apoderado de la parte demandada consigna en este acto copia simple del poder otorgado por el representante legal de la empresa a los fines de que se le tenga como parte en la presente audiencia, consigna igualmente copia certificada a los fines de que se deje constancia de que la copia consignada es traslado fiel y exacto del original que se tuvo a la vista dejando constancia este Tribunal de tal hecho alegado por la apoderado. En Barinas a los trece (13) días del mes de julio del 2010.
El Juez


Abg. José E. Morales S.
Los Comparecientes,

Apoderado de la Parte Demandada




Abg. JINMY AVILIO AYALA HERNANDEZ


La Secretaria


Abg. MAYRA RANGEL