REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN LOS ANDES
BARINAS, 07 DE JULIO DE 2010
200° y 151°
En fecha 29 de junio de 2010, se recibió en este Juzgado Superior, previa distribución, el presente expediente, proveniente del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, contentivo del recurso de apelación interpuesto en el juicio por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE COMPRA VENTA, intentado por los ciudadanos FANNY JOSEFINA GARCÍA BALZA y OSCAR ENRIQUE ACEVEDO SERRANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 9.378.697 y 5.650.672, respectivamente, asistidos por la Abogada Ninel Betilde Rujano Albarrán, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 37.113, contra el ciudadano JUAN DE DIOS DE LA FUENTE GUERRERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 2.107.499.
Corresponde a esta Juzgadora pronunciarse previamente acerca de su competencia para conocer y decidir el presente recurso de apelación, y en tal sentido observa que en fecha 16 de junio de 2010, fue publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.447 de esa misma fecha, la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, cuya Disposición Final prevé que la misma entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela; evidenciándose igualmente que en la referida Ley, se suprime la competencia en materia civil atribuida a este Juzgado Superior.
Ahora bien, se observa que en el presente caso el Abogado José Javier Bastidas inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 116.446, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, interpuso recurso de apelación contra el auto dictado en fecha 17 de mayo de 2010, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, mediante el cual se acordó fijar nueva oportunidad para la declaración de los testigos promovidos por la parte demandante; siendo así, estima esta Juzgadora, que al tratarse el caso de autos de un asunto en materia civil, el conocimiento de la presente causa corresponde al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.
En virtud de las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, se declara INCOMPETENTE para conocer del RECURSO DE APELACION interpuesto en el juicio por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE COMPRA VENTA, intentado por los ciudadanos FANNY JOSEFINA GARCÍA BALZA y OSCAR ENRIQUE ACEVEDO SERRANO, titulares de las cédulas de identidad Nros. 9.378.697 y 5.650.672, respectivamente, asistidos por la Abogada Ninel Betilde Rujano Albarrán, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 37.113, contra el ciudadano JUAN DE DIOS DE LA FUENTE GUERRERO, titular de la cédula de identidad Nº 2.107.499 y declina la competencia en el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. Déjese transcurrir el lapso de cinco (5) días de despacho, a los efectos de la regulación de la competencia, vencido el cual se remitirá con oficio.-
LA JUEZA PROVISORIA,
FDO
MAIGE RAMÍREZ PARRA
LA SECRETARIA,
FDO
GREISY OLIDAY MEJIAS.
MRP/gm.-
Exp. Nº 8183-2010.-
|