REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Primera Instancia Penal en Función de Juicio N° 4
Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 16 de Junio de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2010-001284
ASUNTO : EP01-P-2010-001284
AUTO DONDE SE PLANTEA INHIBICIÓN
Recibida la presente causa por proveniente del Tribunal de Control N° 5 y revisada la misma, aparece como acusado EIMAR FABRICIO MARTINEZ NORIEGA, y designado como defensor privado el Abogado CARLOS ALBERTO BONILLA ALVAREZ, tal como consta en Acta de oír Imputado del día 09 de Marzo de 2010, donde quedo designado y juramentado, cursante a los folios 29 al 32, pero en virtud de INHIBICION planteada 14/08/06, por esta Juzgadora de conocer causas del Abg. CARLOS ALBERTO BONILLA ALVAREZ, titular de la cédula de identidad N° 7.603.895, por cuanto mantuve relación marital hasta el mes de Mayo del 2009 y en la actualidad existe una enemistad manifiesta lo que considero como motivos graves, que afectan mi objetividad e imparcialidad; y desde el año 2006 la Corte de Apelaciones ha declarado Con lugar, las inhibiciones planteadas.
Es por estas razones que considero estar incursa en la causal de inhibición prevista en el Artículo 86 numeral 2° y 8° del Código Orgánico Procesal Penal, y por cuanto la presente incidencia no debe detener el curso de la causa, se ACUERDA remitir dichas actuaciones a la Oficina del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal para que a la mayor brevedad posible se haga la distribución del presente asunto al Juez de Juicio que por distribución corresponda, conforme a lo previsto en el Artículo 94 Ejusdem. Se acuerda aperturar Cuaderno Separado, dejar Copia y enviar Copia Certificada de lo conducente a la Inhibición planteada y del Auto, a la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, conforme a lo previsto en el Artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
LA JUEZA DE JUICIO N° 4.
ABG. NERYS CARBALLO JIMENEZ. LA SECRETARIA.
ABG. YANNIRA DAVILA.