REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Corte de Apelaciones del Circuito Judicial del Estado Barinas
Barinas, 18 de Marzo de 2010
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2009-006707
ASUNTO : EP01-R-2010-000007
PONENCIA DEL DR. TRINO MENDOZA ISTURI
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Imputado: José Yulmer Dávila.
Defensor: Abg. Fernando José Roa.
Victima: José Yulmer Dávila, Jesús Manuel y Helwiomar Uzcategui Vivas.
Hecho: Solicitud de Vehiculo.
Representación Fiscal: Fiscalía Quinta del Ministerio Público.
Motivo de Conocimiento: Apelación de Auto. (Admisibilidad).
Visto el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado Fernando José Roa, en su condición de Apoderado Judicial del Ciudadano José Manuel Pérez Sánchez, en contra del auto dictado en fecha 09 de febrero de 2010, en el cual se acuerda la celebración de una audiencia especial para el día 23 de marzo de 2010; esta Corte de Apelaciones a los fines de pronunciarse sobre su admisibilidad; observa:
PRIMERO: El recurso de apelación fue interpuesto por una de las partes a quién la Ley reconoce expresamente el derecho a recurrir, como lo es la Defensa. SEGUNDO: Que el recurso se interpuso en el lapso legal correspondiente, como se evidencia de la certificación de días de audiencias inserta al folio diez (10) del presente Recurso de Apelación. TERCERO: Que la decisión impugnada es recurrible, según el artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, estando llenos los extremos legales antes señalados, por mandato del artículo 450 Ejusdem, el recurso de apelación interpuesto el Abogado Fernando José Roa, en su condición de Apoderado Judicial del ciudadano José Yulmer Dávila, debe ser declarado ADMISIBLE. Así se decide.
D I S P O S I T I V A
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; DECLARA: ADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado Fernando José Roa, en su condición de Apoderado Judicial del Ciudadano José Manuel Pérez Sánchez, en contra del auto dictado en fecha 09 de febrero de 2010, en el cual se acuerda la celebración de una audiencia especial para el día 23 de marzo de 2010; y se acordó publicar la decisión dentro de los DIEZ (10) DÍAS siguientes a la publicación del presente auto. Notifíquese a las partes.
El Juez de Apelaciones Presidente. Ponente
Dr. Trino R. Mendoza I.
El Juez de Apelaciones, La Jueza de Apelaciones,
Dr. Alexis Parada Prieto Dra. María Violeta Toro
La Secretaria
Abg. Clelia Carolina Paredes.
Seguidamente se cumplió con lo ordenado en autos. Conste.
La Scria.
Asunto: EP01-R-2010-000007
TRM/APP/MVT/CP/gegl.-