REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO, TRÁNSITO Y AGRARIO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.
Barinas, 11 de Mayo de 2010.
200º y 151º
Vista la anterior solicitud de ENTREGA MATERIAL, presentada por el ciudadano: JOSE ADAN LOZANO TERAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad N° 5.637.429, domiciliado en la Población de Puerto Nutrias, Municipio Sosa del Estado Barinas, debidamente asistido por las abogadas: LINDA DE LOS RIOS RATTIA y LUCIA QUINTERO RAMIREZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de la cedulas de Identidad Nros 11.710.530 y 12.823.911, inscritas en los Inpreabogado bajo los Nros 62.593 y 96.599, domiciliadas en los Jardines de Alto Barinas, Conjunto Residencial Araguaney I, Casa Nº 28 de esta Ciudad de Barinas, en contra de los ciudadanos: FRONILDE MARIA VICTORIA DE JIMENEZ, ANGEL ANTONIO VICTORIA y ALBERTO JIMENEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de Identidad Nros V-8.143.044, V-11.185.512 y V-9.260.426, domiciliados en el Sector el Picacho; Parroquia Puerto de Nutrias, Municipio Sosa del Estado Barinas, constante de Cuatro (04) folios útiles y anexos marcados “A”, en Once (11) folios útiles en copia certificada; anexo “B”, constante de Tres (03) folios útiles en copia certificada; anexo “C”, constante de Cuatro (04) folios útiles en copia certificada; anexo “D”, constante de Un (01) folio útil en original; anexo “E”, en Cuatro (04) folio útil en copia certificada; anexo “F”, en Ocho (08) folios útiles en copia certificada; anexo “G”, en Dos (02) folios útiles en copia certificadas, anexo “A1”, en Cinco (05) folios útiles en copia certificadas; se admite cuanto ha lugar en derecho y se dispone darle el curso de ley correspondiente. Se acuerda la Entrega Material solicitada y para la práctica de la misma se fija las 8:00 a.m., del día Martes 11/05/10, para el traslado y constitución del Tribunal con el objeto de verificar y dejar constancia sobre los particulares expuestos en el escrito presentado. Ofíciese en su oportunidad al Comandante del Destacamento Nº 14 de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela, a la Fiscalía del Llano Adscrita a la Gobernación del Estado Barinas, a los fines de que efectivos y funcionarios adscritos a dichos organismos acompañen al Tribunal en su traslado y constitución a realizar la inspección acordada. De igual manera, ofíciese en su oportunidad a la Dirección Administrativa Regional del Estado Barinas, con el objeto de solicitar su colaboración en el sentido de suministrar a este Tribunal apoyo con un vehiculo para su traslado y constitución. fórmese expediente y désele entrada
Abg. JOSÉ GREGORIO ANDRADE P.
JUEZ.-
Abg. JENNIE W SALVADOR P.
SECRETARIA
En la misma fecha se formo expediente y se le dio entrada. Conste
Scria,
JGAP/JWSP/mh.
EXP. Nº 5239