REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO, TRÁNSITO Y AGRARIO



REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.

EVACUACIÓN DE PRUEBAS


EXP N° 5224.


En el día de hoy, Veinte de Mayo de Dos Mil Diez, siendo las 8:30 a.m., día y hora fijado por este Tribunal mediante auto de fecha 13-05-2010, para que tenga lugar el acto de EVACUACIÓN DE PRUEBAS DE LA ARTICULACIÓN PROBATORIA, contentivo de RATIFICACIÓN DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTOS EMANADOS DE TERCEROS, lo cual estaba fijado para el día miércoles 19-05-2010, a partir de las 8:30 a.m. pero debido a que ese día no hubo despacho en este Tribunal, y por cuanto se trata de una evacuación de pruebas, las mismas serán evacuadas el día de hoy; previo el anuncio de Ley, a la hora señalada se abrió el acto, con la presencia del ciudadano que juramentado legalmente dijo llamarse HECTOR ENRIQUE NASS CAPRILES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 7.187.003, y leídoles los particulares de Ley que a inhabilidad de testigos se refieren, manifestó no tener impedimento para declarar. Se deja constancia de la presencia de la Abogado MARA RIVAS ZERPA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°20.780, en su carácter de Apoderado judicial de la parte solicitante de la medida; igualmente se encuentra presente el Abogado MARCO AURELIO GOMEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 71.995, actuando por sus propios derechos y en nombre y representación de la parte opositora. Seguidamente el Tribunal a los fines de la ratificación le presenta al testigo el documento cursante al folio 472 al 476, quien no reconoció su firma, dijo que esa no era su firma. Y seguidamente se le concede el derecho de palabra a la Abogada MARA RIVAS CERPA, quien procede a realizar las siguientes preguntas al compareciente: PRIMERA: Cuando se incorpora este instrumento, doy por sentado que viene de él, y él dice que no lo firmo aun cuando su contenido el lo avala, de todas formas hay una serie de documentales que vienen de Agroisleña, si el ciudadano Juez es tan amable las exhibe para ver que el contenido es expresado conforme al trabajo existente. En este estado el Abogado MARCO AURELIO GOMEZ solicitó el derecho de palabra y expone: Las garantías que deben estar en las pruebas que deben ser involucradas al proceso, en este acto venia para el reconocimiento del documento promovido, en virtud de ello impugno la situación que se está presentando no puede ser otros documentos, y pido sea desechada esta prueba. La Dra. MARA RIVAS CERPA, solicitó el derecho de palabra y expuso: “Invoco que le presenten los otros documentos que constan en autos, emanados de Agroisleña. En este estado el ciudadano Juez, pone a la vista del testigo los documentos cursantes a los folios 472 al 476 y el testigo manifestó que eran ciertos los documentos pero que no era su firma. En este estado el Juez da por reconocido el documento, como emanado de la empresa, más no es la firma del testigo. En este estado el Abogado MARCO AURELIO GOMEZ expone: en ese documento no se ofrece la garantía de ser agregada al proceso, de instrumentalidad de la prueba. En este estado la Dra. MARA RIVAS CERPA, solicitó se oficie al Director Gerente de Agroisleña, a fin de que remita el documento promovido como prueba. En este estado el Juez solicito al testigo presente un informe de conformidad con el 401, que debe contener lo que señala en las constancias, para lo cual se le concede un lapso de dos días de despacho para la presentación, y las partes podrán usar o acceder al derecho condicionado para la promoción y evacuación de esta prueba. El Abogado MARCO AURELIO GOMEZ solicito el derecho de palabra y expuso: que en ese informe se determine facturas y su origen, la persona que según su rendimiento fue beneficiaria de eso. Seguidamente es llamado a declarar el ciudadano LUIS FIGUEROA, titular de la cédula de identidad N° 11.194.578. En este estado el ciudadano Juez, pone a la vista del testigo los documentos cursantes a los folios 477 al 481 y el testigo manifestó que eran ciertos los documentos, pero que esa no era su firma, que a lo mejor había delegado su firma, que sí es el sello de la empresa, y del programa; es decir a lo mejor la firmé, me llamaron por teléfono, me encontraba fuera de la empresa o fuera del estado Barinas, pero si es el sello de la empresa, hay una persona en la que yo delego para que firme por mi. Seguidamente la Dra. MARA RIVAS CERPA, solicitó el derecho de palabra y expone: sorpresivo para mi en el sentido de que cuando requiero las constancias pues no es la firma de Luis Figueroa, en el animo de brindarle la mayor certeza de que son ciertos, pido usted permita que este ciudadano clarifique y envíe una prueba de informes el record o estatus de producción de mis representados, y solicita que se deseche la prueba y le acuerde la prueba de informes. En este estado el Abogado MARCO AURELIO GOMEZ, expone que: no consta que la firma sea autorizada de ninguna forma, objeto la posibilidad de proceder de conformidad con el 401, es mejor que promueva que traiga a los autos las pruebas como deben ser producidas y que sean desestimadas en el fallo definitivo. El Juez, le solicito una prueba de informes al testigo, en relación a la producción 2006 al 2009, de la parte solicitante de la medida, y debe referirse si usa conocimientos prácticos de ustedes, con el objeto de aclarar y no retardar la valoración de la prueba, para lo cual se le concede un lapso de dos días de despacho. El abogado MARCO AURELIO GOMEZ, solicito el derecho de palabra y expuso: solicito se haga una relación bien detallada, circunstanciada del contrato jurídico que hayan realizado con las personas que están allí, cualquier prueba que refiera una certeza de lo que se menciona allí. En este estado es llamado a declarar el ciudadano VICTOR GOMEZ, titular de la cédula de identidad N° 5.650.036. El testigo antes que el ciudadano Juez le mostraran el documento, señaló que esa era su firma, por lo que el Abogado MARCO AURELIO GOMEZ, solicitó se dejara constancia de ello. En este estado el ciudadano Juez procede a poner a la vista del testigo el documento cursante a los folios 482, y el testigo reconoce que si es su firma. En este estado la Dra MARA RIVAS, solicita el derecho de palabra y expone: solicito se le pregunte al testigo si el contenido es cierto. En este estado el Abogado MARCO AURELIO GOMEZ, solicita se oficie al Cuerpo de Investigaciones Penales y Criminalisticas, para realizar una experticia de la firma del testigo. En este estado el Juez da por reconocido el documento, y no considera prudente lo solicitado por el abogado MARCO AURELIO GOMEZ. En este estado es llamado a declarar el ciudadano JAVIER RAMON ALVAREZ LARA, titular de la cédula de identidad N° 8.144.185, a quien el ciudadano Juez, le puso a la vista los documentos cursante a los folios 483 al 495, y el testigo manifestó que reconocía que esa era su firma. En este estado la Dra MARA RIVAS CERPA, concedidole como le fue el derecho de palabra procedió a realizar preguntas: PRIMERO: en que consistio el servicio de cargas realizado a los solicitantes de la presente medida? RESPONDIO: tenemos muchos años prestándole servicios a los hermanos, para diferentes silos, en Agroisleña, y otras empresas, siempre les cargamos guías y fertilizantes para sus fincas, se realizan en dos millones de kilos la carga que se le envía. El abogado MARCO AURELIO GOMEZ, solicita el derecho de palabra y expone: PRIMERO: Usted ha cargado en Hato Garza y La Trinidad? RESPONDIO: si, este año pasado no cargamos en hato garza, este año cargamos en la Primavera, SEGUNDO: en relacion a HATO LA PRIMAVERA, ese informe va circunstanciado a cada uno de las personas, con que certeza de ubicación, de alguna forma a usted le consta en el terreno donde ustedes van cargar? RESPONDIÓ: no tenemos identificación, de eso. TERCERA: En las referencias de cargas ustedes están presentes en todo el ciclo de recolección de la cosecha? RESPONDIO: Si, le cargamos todo el ciclo de la cosecha. En este estado el Juez preguntó al testigo: PRIMERO: Nunca ha observado que se haya bajado de alguna gandola un producto que sea para otra finca? RESPONDIÓ Nunca. SEGUNDA. Por casualidad nuca ha transportado el mismo envase la misma vatea para probar la cantidad de kilo? RESPONDIÓ: No, en cosecha le cargamos a varios productores de Barinas, le repito que somos cincuenta asociados. TERCERA: HA tenido que devolverse el producto a un silo, de allá lo devolvieron, lo cargaron para otro silo? RESPONDIÓ: si eso sucede siempre, en algunas vences lo desechan y lo cargamos para otro silo, pero nunca para la finca. CUARTA: han Cargado otro producto de esta finca? RESPONDIO: tenemos mas o menos ocho años para esto. Seguidamente El juez da por reconocido los documentos. En este estado es llamado a declara el ciudadano FREDDY PAEZ, titular de la cédula de identidad N° 3.056.329. En este estado la abogada MARA RIVAS ZERPA, señalo que el documento que anexó para ser presentado para el reconocimiento del documento, que el mismo no fue presentado la parte donde aparece la firma. En este estado el Abogado MARCO AURELIO GOMEZ, solicitó el derecho de palabra y expuso: pido que se deje constancia que el ciudadano FREDDY PÁEZ, realizó un informe, se trasladó con el tribunal al momento de la inspección y que colocaron en la inspección todos los datos que tenía el ciudadano FREDDY PÁEZ en un pendrive. En este estado el ciudadano Juez procede a solicitar una breve reseña de la productividad del fundo La Primavera: RESPONDIO: son cinco separados con papeles de propiedad, yo le hice un informe hace cuatro o cinco años a los Febres para el Inti, de finca productiva, para el año pasado, me entregaron una serie de informes o las guías de movilización para hacer un informe de producción y productividad, las cinco fincas estaban produciendo, en el informe todo esta en función de esas fuentes que señala que son las casas comerciales y al ministerio de Agricultura y Cría, el día de la inspección. Igualmente ratifico en todas y cada una de sus partes el contenido de la información, me parece irrespetuosa lo que menciono el Dr. aquí, primero que yo no uso pendrive, las fotos y puntos que se tomaron fueron bajadas por el ciudadano Juez y por el ciudadano Secretario desde mi cámara en presencia suya en la casa de la Primavera, igual paso con los puntos del GPS, que también le sirvieron al Procurador Agrario, tome puntos el día de la inspección, los que me conocen saben que no me presto a ningún tipo de vagabundería, le agradezco que me respete.


Abg. JOSÉ GREGORIO ANDRADE P.
JUEZ

Los Testigos,




APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE SOLICITANTE




APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE OPOSITORA




Abg. JENNIE W. SALVADOR PRATO.
SECRETARIA


JGAP/JWSP/nh
Exp. N° 5.224















REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.

EVACUACIÓN DE PRUEBAS
EXP N° 5224.
En el día de hoy, Veinte de Mayo de Dos Mil Diez, siendo las 10:30 a.m., día y hora fijado por este Tribunal mediante auto de fecha 13-05-2010, para que tenga lugar el acto de EVACUACIÓN DE PRUEBAS DE LA ARTICULACIÓN PROBATORIA, contentivo de DECLARACIÓN DE TESTIGOS, lo cual estaba fijado para el día miércoles 19-05-2010, a partir de las 10:30 a.m. pero debido a que ese día no hubo despacho en este Tribunal, y por cuanto se trata de una evacuación de pruebas, las mismas serán evacuadas el día de hoy; previo el anuncio de Ley, a la hora señalada se abrió el acto, con la presencia del ciudadano que juramentado legalmente dijo llamarse VÍCTOR ANTONIO GÓMEZ ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 6.581.612, quien es tractorista, para la familia Febres Villalba, durante el tiempo de once años y leídoles los particulares de Ley que a inhabilidad de testigos se refieren, manifestó no tener impedimento para declarar. Se deja constancia de la presencia de la Abogado MARA RIVAS ZERPA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 20.780, en su carácter de Apoderado judicial de la parte solicitante de la medida; igualmente se encuentra presente el Abogado MARCO AURELIO GÓMEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 71.995, actuando por sus propios derechos y en nombre y representación de la parte opositora. En este estado la abogada MARA RIVAS ZERPA, procede a realizar las preguntas al testigo de la siguiente manera: PRIMERA: Diga el testigo cuando fue la fecha de inicio de trabajo de mecanización de hato la Primavera RESPONDIÓ: La primera semana de enero. SEGUNDA: En que tiempo se realizo el trabajo de mecanización. RESPONDIÓ: Todavía se esta realizando. Pregunto el Juez, por que razón se esta realizando aun? RESPONDIÓ: Por que aun se esta sembrando. TERCERA: Que maquina opera usted, tiene asignada usted para desarrollar esa actividad? RESPONDIÓ: Un tractor Jhonn dere 600 1-10. CUARTA: Usted recuerda que áreas específicamente de hato La Primavera usted mecanizó? RESPONDIÓ. Empezando por la principal, por la parcela principal. QUINTO: estaría dispuesto en capacidad de decirle al tribunal que tiempo puede tardar un tractorista pata mecanizar para la siembra de maíz una superficie de 800 hectáreas, que tiempo puede desempeñar en hacer esa labor? RESPONDIÓ: Eso depende de la cantidad de maquinaria que estén usando, una rastra de 24 discos las ocho horas laborables hace quince hectáreas. SEXTO: Diga el testigo si en el tiempo que usted desarrollo la mecanización de la tierra usted observo la presencia de otros maquinistas, operadores de maquinas o tractoristas en los predios de la primavera en cualquiera de los seis lotes que ello lo comprenden? RESPONDIÓ: la lo que hemos estados somos nosotros mismos seis tractoristas que habemos allí. SÉPTIMA: esos seis tractoristas que hay alli pertenecen todos y a la orden de los hermanos Febres Villalba? RESPONDIÓ: Si. El Juez procedió hacer las siguientes preguntas: PRIMERO: Descríbame la maquinaria que usted utiliza? RESPONDIÓ: Yo trabajo con un tractor Jhon deere, UN 61-10, color verde. SEGUNDA: Usted menciona que existen otros operadores, que tipo de maquinarias utilizan ellos? RESPONDIÓ: Igual de lo mismo. TERCERA: Durante ese tiempo que ha prestado el servicio para los febres, ha sido con la misma maquinaria? RESPONDIÓ: Si. CUARTA: De que año es esa maquinaria, es nuevo, o es viejo?. RESPONDIÓ: El tractor que yo tengo es nuevo. QUINTA: Que tiempo es nuevo para usted? RESPONDIÓ: hay cuatro tractores 61-10, allá por todo hay diez tractores, SEXTA: los tractores que usted menciona cuando llegaron a la finca? RESPONDIÓ: Tienen como tres meses mas o menos. SÉPTIMA: usted menciona aquí que el trabajo lo han realizado solamente seis tractores del modelo 61.-10? RESPONDIÓ: Cuatro tractores hay 61-10. OCTAVA: Sr usted ha observado en el fundo la primavera algún otro tipo de maquinaria específicamente tractores de color rojo, de personas ajenas al fundo? RESPONDIÓ: No. Es todo terminó, se leyó y conformes firman.


Abg. JOSÉ GREGORIO ANDRADE P.
JUEZ.-
El Testigo,

Apoderado Judicial de la parte solicitante
Apoderado Judicial parte opositora

Abg. HUGO ARMANDO RAMÍREZ
ALGUACIL.-
Abg. JENNIE W. SALVADOR P.
SECRETARIA
JGAP/JWSP/nh
Exp. Nª 5.224


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.

EVACUACIÓN DE PRUEBAS


EXP N° 5224.

En el día de hoy, Veinte de Mayo de Dos Mil Diez, siendo las 10:30 a.m., día y hora fijado por este Tribunal mediante auto de fecha 13-05-2010, para que tenga lugar el acto de EVACUACIÓN DE PRUEBAS DE LA ARTICULACIÓN PROBATORIA, contentivo de DECLARACIÓN DE TESTIGOS, lo cual estaba fijado para el día miércoles 19-05-2010, a partir de las 10:30 a.m. pero debido a que ese día no hubo despacho en este Tribunal, y por cuanto se trata de una evacuación de pruebas, las mismas serán evacuadas el día de hoy; previo el anuncio de Ley, a la hora señalada se abrió el acto, con la presencia del ciudadano que juramentado legalmente dijo llamarse MIGUEL ALEXANDER RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 17.205.172, trabajo como Tractorista desde hace nueve años y cinco meses y leídoles los particulares de Ley que a inhabilidad de testigos se refieren, manifestó no tener impedimento para declarar. Se deja constancia de la presencia de la Abogado MARA RIVAS ZERPA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°20.780, en su carácter de Apoderado judicial de la parte solicitante de la medida; igualmente se encuentra presente el Abogado MARCO AURELIO GOMEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 71.995, actuando por sus propios derechos y en nombre y representación de la parte opositora. En este estado la abogada MARA RIVAS ZERPA, procede a realizar las preguntas al testigo de la siguiente manera: PRIMERA: Diga el testigo cuando se iniciaron las labores de mecanización y preparación de la tierra para el ciclo de maíz? RESPONDIÓ: En enero, de enero para alante. SEGUNDA: Diga el testigo si dichas labores de preparación y mecanización de la tierra ya culminaron? RESPONDIÓ: Si. TERCERA: Diga el testigo en que etapa se encuentra actualmente la actividad de siembra de maíz, que están haciendo ahora allá en la finca? RESPONDIÓ: Sembrando maíz. CUARTA: Cuando empezó la siembra? RESPONDIÓ: El quince. QUINTO: Que maquina opera usted, que tractor maneja? RESPONDIÓ: Jhon Deere. SEXTO: Diga el testigo si en las labores de mecanización o preparación de la tierra o de siembra de la tierra ha observado otras maquinas realizando ajenas a los febres realizando labores en esos predios? RESPONDIÓ: No. En este estado el Abogado MARCO AURELIO GÓMEZ, procede a realizar las siguientes preguntas al testigo: PRIMERA: Descríbanos las labores de mecanización para la siembra de maíz? RESPONDIÓ: Nada, bueno fumigar, preparar los materiales, ahorita lo que hecho es rastrear. SEGUNDA: En el tiempo que usted está realizando esas labores, usted ha realizado además encalado, vaciado de cal en el terreno? RESPONDIÓ: Si, hemos tapado. TERCERA: En que extensión de todo el hato la Primavera ha realizado usted esas labores de encalado? RESPONDIÓ: Casi todas todas, todas son seiscientas hectáreas que se han encalado todas. CUARTA: En que condiciones estaba el terreno cuando comenzaron ustedes las labores de mecanización, había maleza alta, explíquele al tribunal? RESPONDIÓ: ya estaba limpio, estaba rastreado... Es todo terminó, se leyó y conformes firman.


Abg. JOSÉ GREGORIO ANDRADE P.
JUEZ.-
El Testigo,

Apoderado Judicial de la parte solicitante

Apoderado Judicial parte opositora.


Abg. HUGO ARMANDO RAMÍREZ
ALGUACIL.-
Abg. JENNIE W. SALVADOR P.
SECRETARIA.
JGAP/JWSP/nh
Exp. N° 5.224







REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.
EVACUACIÓN DE PRUEBAS

EXP N° 5224.

En el día de hoy, Veinte de Mayo de Dos Mil Diez, siendo las 10:30 a.m., día y hora fijado por este Tribunal mediante auto de fecha 13-05-2010, para que tenga lugar el acto de EVACUACIÓN DE PRUEBAS DE LA ARTICULACIÓN PROBATORIA, contentivo de DECLARACIÓN DE TESTIGOS, lo cual estaba fijado para el día miércoles 19-05-2010, a partir de las 10:30 a.m. pero debido a que ese día no hubo despacho en este Tribunal, y por cuanto se trata de una evacuación de pruebas, las mismas serán evacuadas el día de hoy; previo el anuncio de Ley, a la hora señalada se abrió el acto, con la presencia del ciudadano que juramentado legalmente dijo llamarse MANUEL ALEJANDRO BRICEÑO PARRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 19.193.788, domiciliado en Torunos, labora con los Hermanos febres, es tractorista y leídoles los particulares de Ley que a inhabilidad de testigos se refieren, manifestó no tener impedimento para declarar. Se deja constancia de la presencia de la Abogado MARA RIVAS ZERPA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°20.780, en su carácter de Apoderado judicial de la parte solicitante de la medida; igualmente se encuentra presente el Abogado MARCO AURELIO GOMEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 71.995, actuando por sus propios derechos y en nombre y representación de la parte opositora. En este estado la abogada MARA RIVAS ZERPA, procede a realizar las preguntas al testigo de la siguiente manera: PRIMERA: Diga el testigo cuando se iniciaron las labores de mecanización y preparación de la tierra en los predios del hato la Primavera? RESPONDIÓ: En la primera semana de Enero. SEGUNDA: Diga el testigo si para esta fecha 20 de mayo, ya han culminado las labores de mecanización en los predios La Primavera, donde usted trabaja? RESPONDIÓ: Todavía se esta laborando. TERCERA: Diga el testigo que máquina opera o ha conducido usted en el desarrollo de este trabajo? RESPONDIÓ: un Jhon deere 61-10 CUARTA: De quien es propiedad esa máquina? RESPONDIÓ: de los hermanos Febres QUINTO: Diga el testigo qué tiempo necesita un tractorista como usted para mecanizar quinientas hectáreas? RESPONDIÓ: Bueno un tractor diario hace diez hectáreas, el que yo cargo hace eso mas o menos, una maquina mas grande hace veinte por día. SEXTA: Las labores de mecanización y preparación de la tierra del hato la Primavera cuantos tractoristas o maquinistas han estado presentes allí para acometer el trabajo de casi ochocientas hectáreas? RESPONDIÓ: se tienen laborando siete tractoristas, es lo que hemos tenido. SÉPTIMA: Diga el testigo si en el desarrollo de esta actividad usted observó otros maquinistas o tractoristas distintos a sus compañeros de trabajo o con maquinarias distintas a los de los Febres en los predios del Hato la primavera? RESPONDIÓ: No. En este estado el Abogado MARCO AURELIO GÓMEZ, procede a realizar las siguientes preguntas al testigo: PRIMERA: Desde cuando labora para los Febres? RESPONDIÓ hace dos años . SEGUNDA: Usted menciona que comenzaron las labores en la primera semana de enero, cuando llegan los tractores Jhon Deere a los predios del Hato La primavera? RESPONDIÓ: En Abril del año 2010 TERCERA: que tipo de implementos usan en esos tractores? RESPONDIÓ: la rastra 24-10. CUARTA: Que labores específicamente realiza usted allá con esos tractores en la finca La Primavera? RESPONDIÓ: preparación para la siembra QUINTO: En ese trabajo de preparación para la siembra usted ha realizado la labor de encalado, vaciar cal para la tierra y en que extensión de terreno? RESPONDIÓ: si, en doscientas hectáreas SEXTO: Usted dice que trabaja para la familia Febres, en su recibo de pago, aparece reflejado por Isilio Febres Cordero o por otra empresa, quien le candela? RESPONDIO: Hato La Trinidad. SÉPTIMO. Sabe usted y le consta donde queda hato La trinidad? RESPONDIÓ: Si, vía San Silvestre. OCTAVO: Menciona usted que ha realizado trabajos con los tractores en ochocientas hectáreas, en ese trabajo usted ha observado allí cercas, fundaciones, Edificaciones, instalaciones para recolectar maíz, que ha observado usted allí en esas ochocientas hectáreas? RESPONDIÓ: tierra para producir. NOVENA: En algún momento a ustedes se le han tratado de paralizar las labores de siembra y mecanización? RESPONDIÓ: Si, una vez que estábamos encalando fueron a pararnos para que no siguiéramos por que eso era de ellos, y nosotros les dijimos hablen con los dueños, nosotros somos obreros. DÉCIMO: En que condiciones estaba el terreno cuando comienzan las labores de mecanización? RESPONDIÓ: apto para sembrar. Estaba limpio. Es todo terminó, se leyó y conformes firman.


Abg. JOSÉ GREGORIO ANDRADE P.
JUEZ.-
El Testigo,



Apoderado Judicial de la parte solicitante



Apoderado judicial Parte opositora

Abg. HUGO ARMANDO RAMÍREZ
ALGUACIL.-
Abg. JENNIE W. SALVADOR P
SECRETARIA.
JGAP/JWSP/nh
Exp. Nª 5.224