REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO, TRÁNSITO Y AGRARIO
República Bolivariana de Venezuela
En su nombre
Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.
AUDIENCIA PROBATORIA
EXP 5.168.
En el día de hoy, Lunes Treinta y Uno (31) de Mayo de Dos Mil Diez, siendo las Nueve y Treinta (09:30) de la mañana, fecha y hora fijados por este Tribunal para la celebración de la continuación de la AUDIENCIA PROBATORIA tal como lo establece el articulo 233 de la Ley de Tierra y Desarrollo Agrario, en el presente Juicio de ACCIÓN POSESORIA POR DESPOJO, signado con el N° 5.168, intentado por los ciudadanos: LUÍS ABEL PÉREZ MORENO Y LENYS DEL CARMEN PÉREZ MORENO, en contra del ciudadano: LUÍS FELIPE VELÁSQUEZ ECHEVERRI. Debidamente constituido el Tribunal, presidido por el ciudadano Juez JOSÉ GREGORIO ANDRADE PERNIA, la Secretaria Titular JENNIE WALKIRIA SALVADOR PRATO y el Alguacil HUGO ARMANDO RAMÍREZ. El ciudadano Juez ordena al Alguacil verificar la presencia de las partes, siendo informado que en la Sala, se encuentran presentes el Abogado: JOSÉ FREDDY GILLY TREJO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 5.535, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandante. Asimismo, se encuentra presente el demandado ciudadano LUÍS VELÁSQUEZ ECHEVERRI asistido por la Abogada EVELY ROMILDA HERRERA PARRA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 70.086. Se deja constancia de la presencia de los ciudadanos: SOLANO ALONSO JOSÉ ANTONIO y ARIAS CISNEROS ALVARO ALEXANDER, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-11.191.302 Y V-11.712.599, respectivamente, testigos promovidos por la parte demandante. Se hizo el anuncio del Acto y el Juez seguidamente informa a las partes sobre la naturaleza y finalidad de la Audiencia prevista en el artículo 231 y siguientes de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, indicando a los presentes sobre las normas a seguir establecidas en la puerta del Tribunal. En este estado, el ciudadano Juez JOSÉ GREGORIO ANDRADE PERNIA, a objeto de evitar dilaciones del proceso informa a las partes la debida compostura que deben guardar durante la presente Audiencia e indica que la misma será transcrita de forma integra y agregada al expediente. Se deja constancia que queda debidamente grabada y filmada por el ciudadano AURELIO LEAL, por la Handicam marca Sony, Nº 4060X STEADY SHOT DIGITAL ZOOM, que la correspondiente cinta reposara en la Caja Fuerte del Tribunal con su nomenclatura respectiva. El ciudadano Juez da inicio a la declaración de los testigos promovidos y hace el llamado del ciudadano: SOLANO ALONSO JOSÉ ANTONIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 11.191.302, quien manifestó no tener ningún impedimento para declarar y presto el juramento de ley correspondiente. La Abogada asistente EVELY ROMILDA HERRERA PARRA quien pregunto al testigo de la siguiente manera: PRIMERO: Diga el testigo si conoce suficientemente de vista al ciudadano Luís Felipe Velásquez. RESPONDIÓ: Si lo conozco de vista SEGUNDO: Diga el testigo si por el conocimiento que de el dice tener sabe y le consta que es propietario y poseedor efectivo de una finca denominada La paz RESPONDIÓ: Me consta que es dueño porque la gente sabe que es dueño. TERCERO: Diga el testigo si sabe y le consta que en el lindero que esta en el fondo de la finca la paz es un bosque de arbustos refugios de fauna silvestre? RESPONDIÓ: A mi me consta que hay esta la caramuca y ahy hay un bosque de árboles y hay esta la fauna silvestre. CUARTO: Diga el testigo si sabe y le consta que Luís Felipe Velásquez ha sembrado en ese valle numerosos árboles? RESPONDIÓ: No se si los haya sembrado a mi me consta que esta bien arborizado y propio de la quebrada. QUINTA: Que es testigo de razón fundada de lo dicho. RESPONDIÓ: El me pidió que viniera porque yo conozco bien todo eso desde hace 40 años y puedo dar fe de eso. Es Todo. Seguidamente, se le concede el derecho de palabra al Abogado JOSÉ FREDDY GILLY TREJO quien pregunto al testigo de la siguiente manera PRIMERO: A usted le consta que hay árboles y la zona es acuífera y que diga el testigo que entiende por acuíferos? RESPONDIÓ: Yo entiendo que acuífero es la corriente de agua que pasa por la quebrada. El ciudadano Juez pregunta al testigo: PRIMERO: Ha mantenido relaciones comerciales con el señor Echeverri a excepción del transporte que realiza? RESPONDIÓ: Solo eso SEGUNDO: Puede indicar como estan distribuidas las mejoras RESPONDIÓ: He visto como una finca al entrada, he visto la arena allá, la fauna, los árboles, por cierto que la semana pasada se lo llevo todo la carretera. Es Todo. Seguidamente es llamado a la sala de Audiencias el ciudadano ARIAS CISNEROS ÁLVARO ALEXANDER venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 11.712.599, quien manifestó no tener ningún impedimento para declarar y presto el juramento de ley correspondiente y se le concede el derecho de palabra a la Abogada asistente EVELY ROMILDA HERRERA PARRA quien pregunto al testigo de la siguiente manera: PRIMERO: Diga el testigo si conoce suficientemente al ciudadano LUÍS FELIPE VELÁSQUEZ. RESPONDIÓ: Lo conozco de vista. SEGUNDO: Diga el testigo si por el conocimiento que de el dice tener sabe que es propietario y poseedor efectivo de una finca denominada La Paz. RESPONDIÓ: Si. TERCERO: Diga el testigo si sabe y le consta que en el lindero del fondo de la finca la paz en toda su extensión es un bosque poblado de fauna acuífero y al frente esta la quebrada la caramuca? RESPONDIÓ: Si. CUARTO: Diga el testigo si sabe y le consta que LUÍS FELIPE VELÁSQUEZ, ha sembrado en ese sector árboles RESPONDIÓ: Si QUINTA: Que es testigo de razón fundada de lo dicho? RESPONDIÓ: Porque yo fui allá a comprarle unos caballos y cuando fui vi un bosque de reserva el cual esta virgen y cuando fui me pregunto que si yo era ingeniero y vi allá los árboles de caoba que estaba sembrando. Seguidamente, se le concede el derecho de palabra al Abogado JOSÉ FREDDY GILLY TREJO quien pregunto al testigo de la siguiente manera PRIMERO: Diga el testigo si el ha presenciado la siembra de árboles RESPONDIÓ: Yo vi, solo los árboles que estaban sembrados. Es Todo. En este estado se suspende la Audiencia Probatoria para las 10:00 a.m., del quinto (5to.) día de despacho siguiente al de hoy para que tenga lugar la presentación de informes. Es Todo.
Abg. JOSÉ GREGORIO ANDRADE P.
JUEZ.-
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE
DEMANDANTE.
DEMANDADO,
ABOGADO ASISTENTE,
TESTIGOS,
Abg. HUGO ARMANDO RAMÍREZ
ALGUACIL.-
Abg. JENNIE W. SALVADOR P.
SECRETARIA.-
JGAP/JWSP/br
EXP. N° 5.168