REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 31 de mayo de 2010
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : EJ01-P-2010-000053
ASUNTO : EP01-R-2010-000038

Visto el RECURSO DE APELACIÓN DE AUTO, interpuesto por el Abogado JESUS ALBERTO BOSCAN PEREZ, en su condición de defensor privado del imputado KENDY XAVIER URQUIOLA, en el asunto N° EP01-P-2010-000053, en contra del auto dictado en fecha 20-04-2010, por el Tribunal Tercero de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual Declaro Improcedente la solicitud de fijación de una nueva oportunidad para la realización de Reconocimiento en Rueda de Individuos.

Esta Corte de Apelaciones, observa: 1. Que dicho RECURSO DE APELACIÓN DE AUTO, fue interpuesto por una de las partes a quien la Ley reconoce expresamente el derecho de recurrir, como lo es la defensa privada del imputado. 2. Que el Recurso fue interpuesto en el lapso legal correspondiente. 3. Que la recurrente fundamenta su recurso de conformidad con el artículo 447 Numeral 5° del Código Orgánico Procesal Penal.

En consecuencia, llenos los extremos legales antes señalados, de conformidad con lo establecido en el artículo 437 Ejusdem, el RECURSO DE APELACIÓN DE AUTO interpuesto por el Abogado JESUS ALBERTO BOSCAN PEREZ, en su condición de defensor privado del imputado KENDY XAVIER URQUIOLA, debe ser declarado ADMISIBLE. Y ASI SE DECLARA.



D I S P O S I T I V A


Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA ADMISIBLE EL RECURSO DE APELACION DE AUTO, interpuesto por el Abogado JESUS ALBERTO BOSCAN PEREZ, en su condición de defensor privado del imputado KENDY XAVIER URQUIOLA, en contra de la decisión dictada en fecha 20-04-2010, por el Tribunal Tercero de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Barinas.



De conformidad con el Artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, se acordó dictar la correspondiente decisión dentro de los DIEZ (10) DIAS SIGUIENTES al presente auto de admisión.


Líbrense las correspondientes Boletas de Notificaciones.


DR. TRINO MENDOZA ISTURI.



PRESIDENTE DE LA CORTE DE APELACIONES.




ALEXIS PARADA PRIETO. MARIA VIOLETA TORO OSUNA.



JUEZ DE APELACIONES. JUEZA DE APELACIONES
PONENTE.



CAROLINA PAREDES


SECRETARIA




Asunto N° EP01-R-2010-000038.
TMI/APP/MVTO/CP/mm.