REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN

REPUBLlCA BOLlVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y SUSTANCIACIÓN
Barinas, 01 de Noviembre de 2010.-
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Por cuanto de evidencia que existen dos (02) causas de ADMINISTRACiÓN DE BIENES DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, cuya beneficiaria es la Adolescente SE OMITE de 15 años de edad, estando la primera causa signada con el N° TI1-S-2007- 008712 perteneciente al Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación la cual proviene de la extinta Sala de Juicio N° 01 Y la segunda causa signada con el N° TI1-S-2008- 008841 proveniente de la extinta Sala de Juicio N° 02, teniendo ambas causas aperturada cuenta de ahorros signadas con los N° 0007-0013-48-0010161047Y N° 0175-0013-99-0060342668
respectivamente. A los fines de no hacer abocamiento en la causa signada con el N° TI1-S-2007-
008712, proveniente de la extinta Sala de Juicio N° 01. Se ordena a la Oficina de Control de
Consignacidnes, Cancelar la Cuenta de Ahorro signada con el N° 0007-0013-48-0010161047 la cual
esta a nombre de este Tribuna' y de la Adolescente SE OMITEtrasladar lbs fondos a la Cuenta de Ahorro signada con el N° 0175-0013-99-0060342668, la cual
esta a nombre de este Tribunal y de la Adolescente SE OMITE yel
Cese y Archivo de la presente causa. En consecuencia, se acuerda Oficiar al Gerente del Banco
Bicentenario, a los fines de solicitarle se sirva emitir Cheque de Gerencia NO ENDOSABLE a
nombre del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción
Judicial del Estado Barinas, por el total del saldo actualizado a la fecha de la Cuenta de Ahorro
signada con el N° 0007-0013-48-0010161047 la cual esta a nombre de este Tribunal y de la
Adolescente SE OMITE, CANCELAR DICHA CUENTAY depositario en
la Cuenta de Ahorro signada con el N° 0175-0013-99-0060342668, la cual esta a nombre de este
Tribunal y de la Adolescente SE OMITE. Así mismo se ordena el Cese
del Procedimiento y el Archivo del Expediente. Líbrese Oficio. Diarícese y Cúmplase. Siguen firmas
ilegibles de la juez Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación Abg. Yolanda F.
Guerrero G. La Secretaria (fdo.). En esta misma fecha se libró las copias certificadas de ley.
Conste: La Secretaria (fdo.). Sigue firma ilegible. QUIEN SUSCRIBE la Secretaria (fdo.) del Circuito
Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescente de esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO:
Que el anterior traslado es copia fiel y exacta de su original, cursante al folio del Expediente
N° TI1-S-2007-008712, certificación que se hace de conformidad con el artículo 112 del Código de
Procedimiento Civil.



Exp. N° TI1-S-2007-008712
YFGG/JOSE