REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y
SUSTANCIACION.
Barinas, 09 de Noviembre de 2010.
200 ° Y 151 ° .¡
Vista la solicitud de CONSTITUCION DE TUTELA que antecede y recaudos
acompañados, suscrita por la ciudadana CARMEN ROSA SANCHEl RODRIGUEl,
venezolana, mayor de edad, C.I N° V-15.695.425, en su carácter de tía materna de la
adolescente SE OMITE, de 13 años de edad, domiciliados en
esta ciudad de Barinas, debidamente asistido por la Defensora público abogada
MARIA AMPARO GOMEl, prevista en el Parágrafo Segundo literal "B" del Artículo
177 Reforma LOPNNA, por cuanto la misma no es contraria a disposición expresa de
la ley, a la moral u orden público de conformidad con el Artículo 341 CPC, SE
ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, désele el curso de ley conforme el
procedimiento de jurisdicción voluntaria (Art. 511 al 517 y 397-B. ibidem). Por la
naturaleza del asunto que se presenta óbviese la fase de mediación de la Audiencia
preliminar. SE DESIGNA PROVISIONALMENTE a la ciudadana CARMEN ROSA
SANCHEl RODRIGUEl, ya identificada para el ejercicio del cargo de TUTORA de la
adolescente SE OMITE, quien gozará de las facultades de
detentar su Custodia, ejercicio de su representación legal y administración simple de
sus bienes, conforme el artículo 08 LOPNNA. Notifíquese mediante boleta al Fiscal
del Ministerio Público. Se deja constancia una vez que conste en autos practicada la
notificación del Fiscal del Ministerio publico, deberá comparecer la solicitante, por
ante este Tribunal dentro de la última hora de despacho (02:30 p,m) del 2° día
siguiente a la certificación secretarial de dicha notificación a enterarse del día y hora
para que tenga lugar la AUDIENCIA DE SUSTANCIACIÓN en la que serán oídos los
propuestos Tutor, protutor, suplente de Protutor y los cinco (05) miembros del
Consejo de Tutela, oportunidad también en la cual será oído la adolescente SE OMITEconformidad con el artículo 80 LOPNA. Diarícese y
Cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la Juez Primera de Primera Instancia de
Mediación y Sustanciación Abg. Yolanda F. Guerrero y la Secretaria. En la misma
fecha se libraron copias certificadas de Ley. Conste: Sigue firma ilegible de la
Secretaria. Quien suscribe La secretaria del este Tribunal Primero de Primera
Instancia de Mediación y Sustanciación de esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO
que anterior traslado es copia fiel y exacta de sus originales, cursantes a los folios
___ del Expediente MD11-J-2010-0000677, todo de conformidad con el articulo
112 del Código de procedimiento Civil.