En el día de hoy, Martes Veintitrés (23) de Noviembre de dos mil diez (2.010), siendo las 10:00¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬ a.m., fecha y hora fijada para que tenga lugar el acto de Audiencia de Revisión de la medida en la presente causa Nº E- 1149/10 seguida al adolescente: IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY; quien fue sancionado con la medida de Privación de Libertad de conformidad con lo establecido en el artículo 620 literal “f” en concordancia con el artículo 628 parágrafo segundo literal “a” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y de Adolescentes, por cuanto fue declarado responsable por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 02 de la Sección de Responsabilidad del adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, por la comisión del delito de SECUESTRO AGRAVADO Y ASOCIACION PARA DELINQUIR, previsto en el artículo 6 en relación con el articulo 16, numeral 12, de la Ley Contra la Delincuencia Organizada y el articulo 6 en concordancia con el articulo 3 de la LEY Contra la Extorsión y el Secuestro, en perjuicio del ciudadano Henderson Vicente Pérez Moyeton por el lapso de dos (02) años, la cual quedará totalmente cumplida en fecha 03 DE OCTUBRE DE 2011, con fundamento en el contenido del artículo 647 literal “e” de la presente Ley Especializada, se constituye este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución, a cargo de la Jueza Abg. Juana Cristina Valera, la Secretaria de Sala Abg. Olga Morelia Flores y el Alguacil de sala Carlos Vidal, y se procede a verificar la presencia de las partes, dejándose constancia que se encuentran presentes el Fiscal Octavo del Ministerio Público del Estado Barinas, Abg. José Francisco Traspuesto Orellana, el Adolescente sancionado IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY y la Defensa Pública Abg. Lisbeth Barrios. Verificada la presencia de las partes el Tribunal procede a dar inicio al acto informando el motivo de la Audiencia, seguidamente se le concede el derecho de palabra a la Defensora Publica Abg. Lisbeth Barrios, quien expuso: revisando la causa y lo planes individuales del adolescente, el mismo ha demostrado una conducta intachable el adolescente ha cumplido con la mitad de la sanción y la madre ha sido muy consecuente con, él manifiesta el arrepentimiento y su disposición de llevar una vida ajustada a la sociedad, en definitiva ha logrado cumplir; esta defensa solicita le sea sustituida la sanción por una medida menos gravosa como seria la de reglas de conducta y Libertad Asistida. Es todo”. Acto seguido se le concede el derecho de palabra al Adolescente sancionado IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY, quien libre de coacción y apremio manifestó: “Cómo usted me ha dicho cuando salga voy a seguir trabajando y estudiando ya que mi mama no puede mantenernos a los cinco hermanos que tengo estoy capacitado para asumir responsabilidad. Es todo”. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la representación fiscal Abg. José Francisco Traspuesto Orellana quien expuso: Tal como se ha dicho que las penas como adultos tuviera como 20 a 25 años, el adolescente se esta acercacando a la mitad de la sanción, te aprehendieron el 10 de noviembre, manifiesta el informe que generas una expectativa positiva y has alcanzado las metas, ha contado con la madre en esta situación y veremos la decisión que tome la juez. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la representante legal (madre) del Adolescente sancionado, la ciudadana madre del adolescente quien manifestó: “Yo me comprometo con el Tribunal a cuidar que mi hijo cumpla con la medida impuesta. Es todo”. En este estado, la Juez de Ejecución pasa a pronunciarse de la manera siguiente: “Oída las partes el tribunal considera que en revisión de las actuaciones llegadas al tribunal de los informes tomando en consideración lo establecido en la ley, si bien el adolescente fue sancionado a dos años de privación de libertad por considerar el delito como grave el SECUESTRO AGRAVADO Y ASOCIACION PARA DELINQUIR así mismo la connotación que tuvo el delito cometido no es menos cierto que la valoración hecha ha sido constante con evolución positiva, ellos tienen planes individuales por parte del equipo multidisciplinario de la casa formación integral masculino donde dan cuenta como el adolescente a ido evolucionado; si tomamos en consideración lo seres humanos son seres de costumbres, valores y principios donde la conducta del ser humano puede ser moldeada y cambiada consona al convivir en sociedad; a veces hablamos del entorno social estas son etapas por cuanto los seres humanos podemos ir cambiando, los informes evolutivos van reforzando la parte espiritual del adolescente en todos los aspectos a cumplido con las normas internas impuestas en la casa de formación tomando en cuenta el apoyo de su madre, la madurez, metas y proyectos que presenta a futuro es por lo que este tribunal considera la petición de las partes
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