REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE
DE lA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y
SUSTANCIACION.
Barinas, 13 de Octubre de 2010/ 200 ° Y 151 °
Vista la solicitud para la Aplicación de MEDIDA DE PROTECCiÓN ( COLOCACiÓN
EN ENTIDAD DE ATENCiÓN) que antecede suscrita por el Consejo de Protección del
Niño, Niña y Adolescente del Municipio Cruz Paredes del Estado Barinas, a favor de
los niños SE OMITEN de 05, 04 Y 02 años de edad, hijos de la ciudadana OFELlA DEL CARMEN
RIVERO, venezolana, mayor de edad, C.I N° V-19.783.920, de conformidad con el
artículo 341 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto dichos pedimentos no son
contrarios al orden Público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de
la ley, SE ADMITE CUANTO HA lUGAR EN DERECHO, conforme el artículo 177
Parágrafo Primero literal "H" IBIDEM. désele curso por el Procedimiento Ordinario
establecido desde el artículo 450 lOPNNA, obviándose la fase de mediación de la
Audiencia preliminar con ocasión a la naturaleza de lo demandado. En consecuencia
SE ACUERDA: LA COLOCACiÓN PROVISIONAL EN lA ENTIDAD DE ATENCiÓN
UNIDAD DE PROTECCION INTEGRAL (CIPI), de los niños SE OMITEN En cumplimiento a lo
establecido en el Artículo 458 Ibídem, notifíquese a la madre biológica ciudadana
OFELlA DEL CARMEN RIVERO, venezolana, mayor de edad, C.I N° V-19.783.920,
venezolana, mayor de edad, C:I N° V-24.321.298, a fin de que comparezca por ante
este Tribunal dentro de la últimá hora de despacho (02:30 p,m) del 2° día siguiente a
la certificación secretarial de la última notificación practicada a enterarse del 9.@...y
hora en que tendrá lugar el inicio de la fase de Sustanciación de la Audiencia
preliminar que se fijara dentro de los plazos fijados en el Parágrafo Primero del
artículo 457 Ejusdem. Practíquese evaluación Social, Psicológica y Psiquíatrica de los
padres de los niños en cuestión a cargo del equipo Multidisciplinario de la referida
entidad a quien se acuerda oficiar en razón de lo dispuesto en el artículo 184 literal
"C" y "D" Ejusdem. Requiérase a la entidad de Atención referida gestionar Partida de
nacimiento del niños SE OMITE. Notifíquese a la Fiscal
Especializado a los fines de ley. Líbrese la boleta y oficio respectivos. Diarícese
Cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la Juez Primera de Primera Instancia de
Mediación y Sustanciación Abg. Yolanda Guerrero y la Secretaria. En la misma fecha
se libraron copias certificadas de ley. Conste: Sigue firma ilegible de la Secretaria.
Quien suscribe en mi carácter de secretaria del este Tribunal Primero de Primera
Instancia de Mediación y Sustanciación de esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO
que anterior traslado es copia fiel y e e sus originales, cursantes a los folios
del Expediente MD11-V-20 ~. todo de conformidad con el articulo
-1-12-de-I-Código de procedimiento C• .•. ~~~~~""HCí;/:;"1;..