CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE DE
LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN, SUSTANCIACION
MEDIACION y EJECUCION.
Barinas, 04 de Octubre de 2010.
200 o y 151 o
Vista la diligencia de fecha 27/09/10, cursante al folio 97, suscrita por la Lic. Belkis
PEROZA, en su carácter de trabajadora Social de esté Circuito, con la cual informó a este
tribunal que el día 24-08-2010 se dirigió a la población de Bum Bum en el Municipio
Antonio Jose de Sucre del Estado Barinas, con la finalidad de realizar visita domiciliaria
de seguimiento en la causa de colocacion familiar del niño SE OMITE al llegar a la vivienda no habia nadie en ella, por lo que preguntamos a los
vecinos del sector e informarón que la ciudadana EULOGIA SAA VEDRA ARIAS habia
fallecido hacia aproximadamente tres meses y que el niño de autos se lo habia llevado el
padre biologico ciudadano VIRMAN JOSE SAAVEDRA,pero que si queriamos obtener
mejor información nos dirigieramos a casa de una hermaa de la difunta quien reside en
un lugar cercano. N.os indicaron la dirección y nos acercamos hasta la vivienda de la
ciudadana ENEIDA SAAVEDRA quien confirmo la información suministrada por los
vecinos. Tambien indico que como su sobrino (padre del niño de autos), es guardia
nacional constantemente lo están cambiando de destacamento y que actualmente esta en
la población de Guasdualito en el Estado Apure, pero en cuanto al niño de autos
manifestó no estar segura si esta con el padre o si este se lo dejo a los abuelos maternos
en la población de Socopo. Se comprometio a averiguar el numero telefonico de su
sobrino para hacernoslo llegar via telefonica, pero hasta la fecha no lo ha hecho.
Constante de un (01) folio útil se ordena agregarlos a autos, por tal razón SE REVOCA
LA COLOCACIGN INTRA- FAMILIAR del niño SE OMITE,
otorgada a la ciudadana EULOGIA SAAVEDRA PEREZ C.I N° V-4.261.136, acordada en
fecha 22-09-2009 cursante al folio 90 SE ORDENA SU CESE Y ARCHIVO. Y ASI SE
DECIDE. Diarícese y Cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la Juez Primera de Primera
Instancia de Mediación y Sustanciación Abg. Yolanda Guerrero y la Secretaria. En la
misma fecha se libraron copias certificadas de Ley. Conste: Sigue firma ilegible de la
Secretaria. Quien suscribe en mi carácter de secretaria del este Tribunal Primero de
Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de esta Circunscripción Judicial,
CERTIFICO que anterior traslado es copia fiel y exacta de sus originales, cursantes a los
folios del Expediente TI1-C-2008-01 0352, todo de conformidad con el articulo 112
del Código de procedimie .t«1"CiVlt
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