CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y SUSTANCIACION.




Barinas, 07 de Octubre de 2010.
2000 y 1510


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En horas de despacho del día de hoy (07) de Octubre del Dos Mil Diez, siendo las once
de la mañana (11 :00 a.m), día y hora señalados para que tenga lugar la AUDIENCIA
UNICA DE RECONCILlACION en la presente causa de DIVORCIO ORDINARIO,se
anuncio este acto por el alguacilazgo en la sede del Tribunal, no compareció
personalmente la demandante ciudadana MARIELA DEL CARMEN ARRIETA DUQUE,
C.I N° V-15.384.792, tampoco compareció personalmente el demandado ciudadano
MANUEL AGOSTINHO VALE DOS SANTOS, C.I E-81.629.096. En consecuencia
conforme el artículo 521 y 522 LOPNNA, por cuanto no compareció personalmente la
parte demandante en la presente causa, a la fase de mediación de la audiencia
preliminar, SE DECLARA DESISTIDO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO Y
TERMINADO EL PROCESO, DESISTIMIENTO QUE EXTINGUE LA INSTANCIA, por lo
que la demandante no puede volver a presentar su demanda antes que transcurra un
mes. Y ASI SE DECIDE. Fue todo, término se leyó y conformes firman. Siguen firmas
ilegibles de la Juez Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación Abg. Yolanda F.
Guerrero y la Secretaria. En la misma fecha se libraron copias certificadas de Ley. Conste:
Sigue firma ilegible de la Secretaria. Quien suscribe La secretaria del este Tribunal Primero de
Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO
que anterior traslado es copia fiel y exacta de sus originales, cursantes a los folios del
Expediente MD11-V-201 0-00OJ11~ todo de conformidad con el articulo 112 del Código de
procedimiento Civil. /;~~ ~ «: ~.
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