REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, TRABAJO Y DEL NIÑO Y PROTECCIÓN DEL ADOLESCENTE

JUZGADO SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO
Y PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS


Barinas, 15 de octubre de 2.010
200° y 151°

En fecha 27 de septiembre de 2010, mediante diligencia el ciudadano: Gustavo Enrique Guevara Gori, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-18.288.628, actuando con el carácter allí señalado de Presidente de la Empresa “Constructora e Importadora Papaña, C.A., debidamente asistido por el abogado: Juan Pedro Manrique López, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 31.249, expuso:

“…omissis… SEGUNDO: Confiero en nombre de mi representada poder especial Apud-Acta, al abogado en ejercicio JUAN PEDRO MANRIQUE LOPEZ, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpre-Abogado bajo el 31.249 y de este domicilio, para que la represente en el presente juicio, y muy especialmente para hacer valer la transacción antes mencionada, y de ser necesario ratificarla nuevamente conjuntamente con la parte demandante. En el ejercicio del presente poder, podrá el apoderado aquí constituido convenir y/o transigir; presentar todo tipo de escritos y recursos; y en general todo cuanto fuere necesario en beneficio de sus derechos e intereses, sin que en ningún momento se pueda alegar insuficiencia de poder, toda vez que las facultades aquí enumeradas, lo son a título enunciativo y no taxativo limitativo…”

Acompañó a la diligencia copia de la publicación de fecha 03 de septiembre de 2010, por Publicaciones Mercantil Publi-Merc, del Acta de Asamblea Extraordinaria de fecha 04 de agosto de 2010 de la Empresa Mercantil “Constructora e Importadora Papaña, C.A., debidamente Registrada ante la Oficina de Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, quedando inscrito en el Tomo 19-A REGMER2, Número: 35 de año 2010.

En primer lugar, debe dejar sentado este Tribunal que se observa en la diligencia de fecha 27 de septiembre de 2010, que el ciudadano: Gustavo Enrique Guevara Gori, titular de la cédula de identidad N° 18.288.628 en su carácter de Presidente de la empresa “Constructora e Importadora Papaña, C.A.”, consigna copia de la publicación del Acta de Asamblea Extra-Ordinaria de fecha 04 de agosto de 2010, debidamente registrada ante el Registro mercantil Segundo del estado Barinas, bajo el N° 35, Tomo 19-A.

Se evidencia de la señalada publicación, el Acta de Asamblea General Extraordinaria de la aludida sociedad mercantil, de fecha 04 de agosto de 2010, en la que se observa como único punto del día, la designación de la nueva Junta Directiva ante la falta absoluta del Presidente: Gustavo Enrique Guevara Gilly, titular de la cédula de identidad N° 8.132.897, en virtud del fallecimiento de éste, quedando designado el ciudadano: Gustavo Enrique Guevara Gori, titular de la cédula de identidad N° 18.288.628 como Presidente, y la ciudadana: Beatriz Carolina Guevara Gori, titular de la cédula de identidad N° 19.826.602 como Vice-Presidenta.

Por otro lado, en virtud de notoriedad judicial quien aquí decide observa que en el expediente N° 10-3108-C.B., que cursa ante este mismo Juzgado, que fue consignado en copia el Acta de Asamblea General Extraordinaria, celebrada el 04 de agosto del presente año debidamente registrada ante el Registro Mercantil Segundo del Estado Barinas, bajo el N° 35, Tomo 19-A, que es la misma Acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la empresa mercantil “Constructora e Importadora Papaña, C.A”, a que hace referencia la publicación antes señalada.

En atención a lo expuesto, habiendo quedado evidenciado el carácter de Presidente del ciudadano: Gustavo Enrique Guevara Gori, de la empresa “Constructora e Importadora Papaña, C.A”, téngase en la presente causa como apoderado judicial de la indicada empresa, al abogado en ejercicio: Juan Pedro Manrique, titular de la Cédula de identidad N° 9.269.639, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 31.249. Diarícese.



La Juez Suplente Especial,

Rosa Elena Quintero Altuve La Secretaria,

Abg. Adriana Norviato Gil




Expediente Nº 09-3088-M.
REQ/ANG/ss.