CIRCUITO DE PROTECCiÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
DE LA CIRCUNSCRIPCiÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE
MEDIACiÓN, SUSTANCIACIÓN y EJECUCiÓN
Barinas, 23¡ de Septiembre de 2010 I
2000 Y 1510

Vista la diligencia de fecha 17/09/2010, inserta al folio 33, suscrita por la Lcda. Belkys
Peroza, Trabajadora Social del Equipo Multidisciplinario de este Tribunal, en la que
reseña: "El día 31108/2010, se realizó visita domiciliaria de seguimiento en el hogar de
la ciudadana FLOR MARíA JOYO por la causa signada con el número TI1-C-2005-
005592, colocación familiar (Intrafamiliar) de la niña y adolescenteSE OMITE . Al realizar entrevista a la madre sustituta y tía materna
de la niña y adolescente de autos, ésta informó que hace mas de dos (02) años que
ellas no viven en su hogar, ni bajo representación, que en visita domiciliaria realizada
hace un año por la Licenciada Eunice Jiménez ella informó de esa situación. Sus
sobrinas residen en el hogar del padre biológico ubicado en el Barrio AIí primera,
Calle Buenos Aires, Segunda cuadra a mano derecha, casa s/n Barinitas Municipio
Bolívar Estado Barinas". De conformidad con el artículo 08, 26 Y 131 LOPNNA
Resulta forzoso para este Tribunal por no existir motivos de hecho ni de derecho para
mantener dicha Colocación Intra Familiar Revocar la misma y acordar el CESE DEL
PROCEDIMIENTO Y EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE. Diarícese cúmplase. Sigue
firmas ilegibles de la Juez Unipersonal N° 2 Abog. Yolanda F. Guerrero y la
Secretaria. En la misma fecha se libraron las copias certificadas de Ley. Conste la
Secretaria Siguen firma ilegible. QUIEN SUSCRIBE
, en mi carácter de secretaria de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección
del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO: que el
anterior traslado es copia fiel y exacta de su original, cursante al folio del
Expediente TI1-C-2005-005592, certificación que se hace de conformidad con el
artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.


Exp. N° TI1-C-2005-005592
YFGG/nlra.-