CIRCUITO DE PROTECCiÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
DE LA CIRCUNSCRIPCiÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE
MEDIACiÓN, SUSTANCIACIÓN y EJECUCiÓN
Barinas, 27 de Septiembre de 2010
2000 Y 1510
Vista la diligencia de fecha 22/09/2010, inserta al folio 56, suscrita por la Dra.
Isabel Cristina Paredes, con el carácter de Médico Psiquiatra y Coordinadora
del Equipo Multidisciplinario de este Tribunal, en la que reseña: "Se informa a
este Tribunal que los niños SE OMITEN , conviven con su madre desde hace mas de dos años,
y la madre ha asumido la responsabilidad de crianza con sus hijos.
Considerando que se ha mantenido en el tiempo con una evolución positiva y
favorable de la reinserción familiar y siendo adecuada la integración al grupo
familiar, por todas estas razones el equipo multidisciplinario sugiere considerar
el cese de la medida de colocación familiar". De conformidad con el artículo 08,
26,131 Y 397-0 LOPNNA Resulta forzoso para este Tribunal por no existir
motivos de hecho ni de derecho para mantener dicha Colocación Intra Familiar
Revocar la misma y acordar el CESE DEL PROCEDIMLENTO y EL ARCHIVO
DEL EXPEDIENTE. Diarícese cúmplase. Sigue firmas ilegibles de la Juez
Unipersonal N° 2 Abog. Yolanda F. Guerrero y la Secretaria. En la misma
fecha se libraron las copias certificadas de Ley. Conste la Secretaria
Siguen firma ilegible. QUIEN SUSCRIBE , en
mi carácter de secretaria de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del
Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO: que el
anterior traslado es copia fiel y exacta de su original, cursante al
folio del Expediente TI1-C-2006-006499, certificación que se hace
de conformidad con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.
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