CIRCUITO DE PROTECCiÓN DE N.ÑOS, ,NIÑAS y ADOLESCENTES
DE LA CIRCUNSCRIPCiÓN JUDIBlAL'"'DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIM0RA INSTANCIA DE
MEDIACiÓN, SUSTANCIACIÓN"''.ZEJECUCIÓN
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Barinas, 27 de Septiembre de 2010
2000 Y 1510

Vista la diligencia de fecha 22/09/2010, inserta al folio 22, suscrita por la Dra. Isabel
Cristina Paredes Novoa, en su carácter de Medico Psiquiatra y Coordinadora del
Equipo Multidisciplinario de este Tribunal, en la que reseña: "Se informa a este
Tribunal que en el caso del adolescente SE OMITE de 14 años, el Equipo Multidisciplinario no recomienda la medida de Colocación
Familiar, en vista de que la madre biologica ha asumido la Responsabilidad de
Crianza de su hijo, y éste cuenta con el apoyo de ella y de su tía materna Dilcey
Josefina Moncada, solicitante de la Colocación Familiar". De conformidad con el
artículo 08, 26 Y 131 LOPNNA Resulta forzoso para este Tribunal por no existir
motivos de hecho ni de derecho para mantener dicha Colocación Intra Familiar
Revocar la misma y acordar el CESE DEL PROCEDIMIENTO Y EL ARCHIVO DEL
EXPEDIENTE. Diarícese cúmplase. Sigue firmas ilegibles de la Juez Unipersonal N°
2 Abog. Yolanda F. Guerrero y la Secretaria. En la misma fecha se libraron las
copias certificadas de Ley. Conste la Secretaria Siguen firma
ilegible. QUIEN SUSCRIBE en mi carácter de secretaria
de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta
Circunscripción Judicial, CERTIFICO: que el anterior traslado es copia fiel y exacta de
su original, cursante al folio del Expediente TI1-C-2010-012276,
certificación que se hace de conformidad con el a 'g~ 2 del Código de
Procedimiento Civil. '

Exp. N° TI1-C-2010-012276
YFGG/nlra.-

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