REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO, TRÁNSITO Y AGRARIO
Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.
Barinas, 23 de Septiembre de 2010
200º y 151º
Visto el escrito presentado en fecha 20-09-2010, por la ciudadana YAJAIRA MEJIAS GUTIERREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.986.725, debidamente asistida por el Abogado JAMEIRO JOSE ARANGUREN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 9.872.919, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N°. 110.680, constante de trece (13) folios útiles; anexo 1 en un (01) folio en original; anexo 2, en dieciséis (16) folios en copia simple, agréguese al expediente respectivo. Se observa del escrito, que la parte demandada interpone la cuestión previa contenida en el Ordinal 2° del Artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, procede a contestar el fondo de la demanda y señala que el demandante falleció el 22-06-2010, tal como consta del Acta de Defunción consignada en autos; Ahora bien, de conformidad con lo establecido en el Artículo 144 del Código de Procedimiento Civil, se suspende la presente causa hasta tanto sean citados los herederos del causante JOSE HERIBERTO MEJIAS.
Abg. JOSE GREGORIO ANDRADE P.
JUEZ.
Abg. LUIS DIAZ SANTIAGO.
SECRETARIO ACC.
JGAP/JWSP/nh
Exp. N° 5252